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El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena a 8 años y medio de prisión a un cura por abusos sexuales continuados a una adolescente de la que era director espiritual en el colegio de Talavera de la Reina (Toledo) en el que estudiaba.

A través de una sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal ratifica que el condenado tendrá que pagar 100.000 euros de indemnización a la víctima por daños morales, dado el «calvario» que le hizo sufrir. Los hechos ocurrieron entre 2010 y 2013, cuando la chica tenía entre 14 y 17 años de edad y mientras estudiaba cuarto de la ESO y primero y segundo de Bachillerato.

Conoció al cura en un viaje escolar al Camino de Santiago y en el curso siguiente pasó a ser su director espiritual, aunque las fechas concretas de cada abuso no han podido ser precisadas con exactitud. Durante los siguientes tres años, el sacerdote cometió los abusos en encuentros que mantenía con la adolescente como director espiritual y le decía que todo lo hacía «en nombre de Dios».

Los magistrados recogen que la chica se sometió «por el rol, casi parental» que el cura asumió frente a ella; por el respeto y confianza que ella tenía hacia él, en su condición de director espiritual y sacerdote; por la manipulación a la que la sometía, al justificar sus actos como algo querido por Dios, y por la consideración moral y familiar que el hombre tenía en el ámbito familiar y escolar de la chica. Según la sentencia, la chica fue sometida a un exorcismo en la casa del acusado, que sugirió a la madre de la víctima que sus afecciones se debían a la influencia del demonio.

La indemnización «hasta podría quedarse corta»

La resolución subraya que los abusos provocaron que la víctima requiriera varias hospitalizaciones. También recoge que la madre de la víctima y el sacerdote tuvieron una relación sentimental de cinco meses. El Supremo no comparte «que, en interpretación que hace el recurrente, se dedique a enunciar lo que considera contradicciones en distintas versiones dadas por la víctima, porque ante un calvario como el que tuvo que pasar la joven durante tantos años como lo tuvo que padecer, lo increíble hubiera sido una coincidencia exacta».

«La experiencia de la vida nos enseña que, si bien la esencia de un acontecimiento puede recordarse en lo que el acontecimiento deja marcado, no siempre se es capaz de recordar cada detalle o secuencia puntual de ese pasado, más cuando ha transcurrido determinado periodo de tiempo», señalan los magistrados. La Sala destaca que el TSJ de Castilla-La Mancha, que visionó el testimonio de la víctima, descartó contradicciones o dudas resaltables en la chica, que incluyó una cantidad de detalles «reveladores de un suplicio difícil de inventar».

Respecto la indemnización de 100.000 euros, el Supremo responde al condenado que «hasta podría quedarse corta», visto el "sufrimiento padecido tan extenso en el tiempo y humillante y vejatorio trato al que la sometió y las muy graves consecuencias que tuvo para la salud física y mental de la joven".