El ahora condenado durante una vista previa en una sala de lo Penal de Vía Alemania. | J.P.M.

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Un juzgado de lo Penal ha condenado a dos años de prisión a un falso abogado de Palma que engañó a varias personas en 2019. El procesado, que ofrecía sus servicios sin estar colegiado y sin tener la carrera de Derecho, deberá indemnizar a una de las víctimas, que fue asistida por la abogada Lilian Alós, en 5.000 euros por los daños morales y por el dinero que dejó de ingresar por una gestión de una plusvalía que nunca realizó el acusado.

La sentencia de la jueza de Penal 2, a la que ha tenido acceso Ultima Hora, considera probado que el varón se anunciaba públicamente como letrado internacional en dos páginas webs dando apariencia de legalidad en su desempeño profesional pesar a saber que no reunía las condiciones para el ejercicio de la abogacía. No tenía la licenciatura ni el graduado en Derecho ni tampoco había realizado el examen de acceso a la citada profesión. El varón tenía su despecho repleto de diplomas y repartía tarjetas en las que ponía Letrado Internacional, Doctor en Derecho y Derechos Humanos.

Varias personas contrataron sus servicios. Una de ellas, la que ha quedado demostrado que sufrió perjuicio económico por el proceder del falso abogado, le encargó la reclamación de una plusvalía municipal que había pagado en 2017. El procesado engañó a la mujer diciéndole que había presentado recursos cuando no era cierto. La jueza apunta que esto hizo que «perdiera la posibilidad de encargarle a otro profesional la oportunidad de recuperar el dinero».

El acusado, que únicamente respondió a preguntas de su abogado, admitió ante la juzgadora que no es abogado, ni licenciado en Derecho y que los actos propios de abogado los hacía a través de «un amigo letrado de hace 30 años». La magistrada señala en el fallo que «es evidente que el acusado no dijo toda la verdad, desprendiéndose de las declaraciones de los testigos que sí ejercía las funciones propias de letrada y se presentaba como tal», apunta. La sentencia no es firme y puede ser recurrida a la Audiencia Provincial.