Ya entrados en el mes de julio, hay quienes aún están a la espera de percibir la paga extra de verano. Este 'plus' es una de las dos pagas extraordinarias -establecidas en Navidad y en verano-, que perciben quienes tienen las nóminas prorrateadas, es decir, cobran en 14 mensualidades. El resto de trabajadores, aquellos que tienen doce pagas, perciben asimismo las pagas extras, pero repartidas entre las nóminas a lo largo del año.
Explicado ya lo anterior, la paga de verano supone todo un alivio económico para sobrellevar gastos imprevistos, pagos pendientes o todo el coste que conllevan las vacaciones, en especial, si se pretende viajar. De hecho, son muchos quienes se ven con capacidad económica para realizar viajes, estancias en hoteles u otros típicos planes estivales gracias a la inyección bancaria de la paga extra.
¿Cuándo y cuánto se cobra?
La cuantía a percibir suele ser el equivalente a la nómina mensual. Eso sí, algunas empresas toman como referencia el salario base, excluyendo pluses. La fecha en concreto del cobro viene establecida por el convenio colectivo de cada sector, aunque suele ser en junio o en julio.
Quienes reciben pensiones de orfandad, viudedad o de jubilación, también son beneficiarios de una paga extra en verano y en navidad. En este caso, el Estado las abona a finales del mes de junio, entre el 21 y el 28 de ese mes, dependiendo de la entidad bancaria aportada para recibir la cuantía.
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