En concreto, la CNMC ha sancionado a la Corporación por una infracción administrativa continuada de carácter leve debido a una conducta que, a su juicio, vulnera el artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, que regula la financiación de los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual.
Las infracciones se produjeron los días 23 y 26 de marzo de este año y se corresponden con las emisiones de los partidos España-Noruega y España-Malta de la fase clasificatoria de la Copa de la UEFA (Eurocopa).
Por estas conductas, la CNMC ha decidido multar a la Corporación pública con la cantidad máxima prevista para este tipo de infracción.
Esta decisión ha sido tomada -argumenta Competencia- «en virtud de la reiteración de la conducta (ya ha sido sancionada en otras tres ocasiones), continuidad y repercusión social dado el ámbito de la cobertura».
La resolución pone fin a la vía administrativa y podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar el día siguiente a su notificación.
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