TW
0

Fernando Fernández
La Ley 14/2006, de 17 de octubre de 2006, o lo que es lo mismo, la Llei de l'Esport Balear, ya es una realidad tras formalizarse su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) (número 151, 26 de octubre de 2006) y entrar en la recta final del período de legitimación, con lo que queda derogada la Ley 3/1995 y se inicia un nuevo periplo en el que las prioridades. Después de ser aprobada por el Consell de Govern el pasado 7 de abril y someterse a su tramitación parlamentaria, la Llei de l'Esport tendrá vigor en cuestión de días y podrá ser aplicada toda vez que el president del Govern, Jaume Matas, y la consellera de Presidència i Esports, sellaran su puesta en marcha el pasado día 17.

La estructura y el funcionamientos de las federaciones ha sido uno de los puntos más costosos, destacando la aparición de la figuras de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) que, según, la Llei, «se regirán por la legislación estatal específica en la materia». Los programas de tecnificación, los centros deportivos de alto nivel y la investigación científica y técnica serán competencia de la Escola Balear de l'Esport (EBE). Un censo de instalaciones y un plan director de las mismas, son otros de los puntos estrella de la Llei. La Assemblea Balear de l'Esport nace para asesorar en materia deportiva a la administración y estará formada por representantes de ésta, de las federaciones, deportistas, personas vinculadas al deporte y otras de reconocido prestigio y cualificación en este ámbito. La carrera contra el dopaje contempla medidas de prevención, aplicando la lista de productos del CSD, y la realización de controles antidopaje. Aparece en escena la Comisión Antidopaje, integrada por miembros del Govern, federaciones y personajes de reconocido prestigio en los ámbitos científico, deportivo y jurídico. También surge la Comisión Antiviolencia. Ambas trabajarán de la mano del Tribunal Balear de l'Esport a la hora de aplicar el reglamento de seguridad en instalaciones deportivas y sanciones o la inhabilitación de perpetuidad, penando la reincidencia. El Tribunal lo forman nueve miembros, todos licenciados en Derecho. Tres serán propuestos por la DGE, tres por la Assemblea y el resto por el Colegio de Abogados. Toda esta maquinaria se pondrá a servicio del deporte.

La lucha contra el dopaje y la violencia o la creación de órganos como la Assemblea y el Tribunal Balear de l'Esport, o la Comisión Antidopaje del Deportes de les Illes Balears, son algunos de los puntos estrella de la Llei, que prevé duras sanciones para los que incumplan la normativa. De la misma manera, se da importancia excepcional a la figura del deportista y se ordena la potenciación, recuperación y mantenimiento de deportes autóctonos, considerando merecedores de este rango el tir de fona y el trote. La inclusión del deportista en el mundo laboral y la distinción entre deportistas profesionales y de alto nivel y los no profesionales son otros de los capítulos que merecen más atención en el texto.