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Efe|MADRID
El titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid notificó a las partes el «sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones», así como el levantamiento de las medidas cautelares relacionadas con la Operación Puerto, al entender que no hay delito contra la salud pública.

En un auto del 8 de marzo, ante el que cabe recurso de reforma, el magistrado-juez Antonio Serrano afirma que «los hechos denunciados«, por los que fueron imputados, entre otros, los doctores Eufemiano Fuentes y José Luis Merino, y los directores Manuel Sáiz y Vicente Belda, «no son constitutivos de infracción criminal».

El juez «destaca» que «el procedimiento ha tenido lugar por la falta de juego limpio» y explica que en el momento en el que se inició el procedimiento no existía en España una norma que penalizara las conductas relacionadas con el dopaje», como sí hace la recién aprobada Ley orgánica de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje, que no tiene efecto retroactivo.