Joan Laporta, expresidente del Barça. | Efe

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El juzgado de primera instancia número 39 de la capital catalana ha desestimado la demanda por la acción de responsabilidad social contra el expresidente del FC Barcelona Joan Laporta y otros dieciséis directivos más, a quienes la entidad azulgrana les reclamaba 47,6 millones de euros.

La actual junta directiva del club calculó en dicha cantidad la deuda acumulada por Laporta y su equipo durante sus siete años de mandato (2003-2010).

La disonancia viene de la auditoría que Sandro Rosell encargó a Deloitte tras ganar las elecciones en junio de 2010. La cuentas presentadas por la junta directiva de Laporta en la temporada 2009-10 arrojaban 11,1 millones de beneficios. Su reformulación por la junta entrante, en cambio, arrojaba un déficit de 79,6 millones en ese último ejercicio.

A finales de julio de 2011, el FC Barcelona, después de que así lo aprobara la Asamblea General de Compromisarios, presentó una demanda por la que se ejercitó la citada acción de responsabilidad social contra la directiva saliente y en la que se reclamaba esos 47,6 millones de pérdidas acumulados de 2003 a 2009.

Sin embargo, el juez José Manuel Martínez Borrego ha desestimado hoy la demanda al entender que «no existen resultados económicos negativos de los que responder», pues el mandato de Joan Laporta no generó ningún déficit al club, sino arrojó un beneficio acumulado de 4,1 euros.

El magistrado llega a esta conclusión después de rechazar los criterios contables empleados por la junta directiva entrante básicamente en tres de las seis salvedades en la que basó la reformulación las cuentas del último ejercicio de Laporta.

La depreciación de 11,5 millones de euros que la actual junta efectuó de los terrenos de Viladecans (de 17 millones a 5,5 millones), la provisión de 3,25 millones que hizo ante un eventual incumplimiento de contrato de Mediapro, entonces en concurso de acreedores, y la cuantificación en 37,8 millones que realizó de las supuestas pérdidas que generaría el litigio con Sogecable.

El juez considera que, ninguno de esos casos, pueden formar parte de «resultados negativos» en el balance contable.

Por tanto, la sentencia estima que los 79,6 millones de pérdidas que, según la junta directiva entrante, arrojó el ejercicio 2009-10, el último de Laporta como presidente en el club, son en realidad 26,8 millones.

Y que, teniendo en cuenta que el expresidente del FC Barcelona acumuló unos resultados positivos de 30,9 millones durante sus siete años de mandato, el resultado arroja un beneficio contable de 4,1 millones de euros, no dando a lugar a las pretensiones de la parte actora.

La sentencia exonera de responsabilidad a Joan Laporta así como a los exdirectivos Alfons Godall, Jaume Ferrer, Joan Boix, Rafael Yuste, Josep Cubells, Alfons Castro, Albert Perrín, Jacint Borràs, Josep Anton Colomer, Maria Elena Fort, Jordi Torrent, Xavier Bagués, Patrick Auset, Josep-Ignasi Macià, Magda Oranich y Xavier Sala i Martín.

Además, resulta también favorable a los intereses de la aseguradora Zurich, personada en el proceso después de que el FC Barcelona suscribiera con ella una póliza de 25 millones de euros para cubrir una eventual pérdida en la gestión.

La junta directiva del Barça dispondrá ahora de veinte días hábiles para presentar un recurso. La sentencia es histórica, porque genera jurisprudencia en el ámbito de los clubes privados que no son sociedades anónimas deportivas y que están reguladas por la Ley del Deporte.