El grupo que preside Jaume Roures señala en un comunicado que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, por unanimidad de sus cinco magistrados, ha estimado el recurso de casación interpuesto por Mediapro contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenaba a este grupo por incumplimiento de los citados contratos.
«Estimamos el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por Mediapro contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 14 de noviembre de 2012, que dejamos sin efecto, y en su lugar acordamos la estimación en parte del recurso de apelación formulado por Mediapro contra la sentencia del Juzgado número 36 de Madrid de 15 de marzo de 2010», señala el TS.
El grupo Prisa se ha limitado, en un breve comunicado, a señalar que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo «ha estimado en parte el recurso de casación interpuesto por Mediapro y le condena a pagar a Prisa 32 millones de euros más intereses».
«La sentencia conocida hoy -añade- hace referencia a la de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a Mediapro al pago de 105 millones de euros por incumplimiento de los contratos firmados en junio de 2006».
Historia
La historia se remonta a agosto de 2007, cuando Prisa acusó a Mediapro de incumplimiento contractual y dejó de darle la señal de los partidos de fútbol para sus clientes, en concreto, para las televisiones en abierto y la distribución internacional, ha informado hoy la compañía en una nota de prensa.
En una primera sentencia, el juzgado número 36 de Madrid falló a favor de Prisa, condenando a Mediapro al pago de más de 100 millones de euros.
La «amenaza de impagos» por parte de Prisa así como su petición de ejecución provisional de dicha sentencia provocó el concurso de acreedores de Mediapro en junio de 2010.
Posteriormente, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó en parte la sentencia del juzgado 36, tras lo cual Prisa elevó sus pretensiones de indemnización hasta más de 320 millones de euros.
La sentencia inapelable del Tribunal Supremo estima el recurso de Mediapro en el sentido que el contrato de junio de 2006, en la interpretación que de él hacía Prisa, era «nulo de pleno derecho, ya que su cláusula quinta contravenía las leyes de libre competencia».
A resultas de la resolución de primera instancia y del concurso de acreedores que Mediapro se vio obligado a solicitar, este grupo debía pagar a Prisa el próximo mes de marzo la cantidad de 105 millones de euros y presentar avales de otros 220 millones.
Tras la sentencia del Supremo, Mediapro únicamente deberá abonar 32 millones de euros, cantidad que resulta de las liquidaciones entre Prisa y Mediapro por la temporada 2006-2007, anterior al inicio de todo el conflicto.
Es decir, concluye Mediapro en la nota, las cantidades que ya adeudaba la compañía antes de que Prisa le cortase la señal de los partidos.
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