Imagen de archivo del jugador bético, Rubén Castro. | Archivo

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La juez de Violencia sobre la Mujer número 3 de Sevilla ha dictado auto de apertura de juicio oral contra el futbolista del Real Betis Balompié Rubén Castro por los malos tratos cometidos supuestamente sobre su expareja sentimental, y le ha impuesto una fianza de 200.000 euros. Por estos hechos, la Fiscalía le pide cuatro años de cárcel y la acusación particular ocho años y nueve meses de prisión.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez tiene formulada la acusación contra Rubén Castro por parte de la Fiscalía por un delito de malos tratos habituales, un delito de amenazas leves y seis delitos de maltrato en el ámbito familiar, y por parte de su ex pareja, por un delito de amenazas leves, seis delitos de maltrato en el ámbito familiar del artículo 153.2, un delito de maltrato en el ámbito familiar del artículo 153.1, un delito de coacciones, un delito de violencia habitual, un delito de agresión sexual y una falta de injurias.

El delito de agresión sexual fue introducido recientemente por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, que estimó de este modo un recurso interpuesto por la exnovia del futbolista, lo que ha llevado a la juez a dictar este nuevo auto de apertura de juicio oral.

Fianza de 200.000 €

Asimismo, la juez María del Rosario Sánchez Arnal requiere al acusado para que en el plazo de un día preste fianza en cualquiera de las formas admitidas en derecho por importe de 200.000 euros «con el fin de asegurar las responsabilidades pecuniarias que en su día pudiesen declararse pertinentes», advirtiéndole la juez de que, en caso de no abonar la fianza, se le exigirá por la vía de apremio o mediante el embargo de bienes de su propiedad.

El propio Rubén Castro, acompañado por su abogado, Francisco Baena Bocanegra, ha acudido sobre las 13,30 horas de este miércoles al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Sevilla para recoger personalmente el auto de apertura de juicio oral, que tiene fecha de 11 de noviembre.

Inicialmente, el Ministerio Público solicitó para el delantero dos años y un mes de prisión, petición que finalmente elevó a cuatro años de cárcel después de que la Audiencia Provincial de Sevilla dictara en febrero una resolución en la que ampliaba los cargos contra Rubén Castro y le atribuía nuevas agresiones contra la víctima.

Patada en el estómago

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Y es que el pasado mes de febrero la Audiencia dictó una resolución en la que ampliaba los cargos contra Rubén Castro y le atribuía nuevas agresiones contra la víctima como propinarle una patada en el estómago o causarle un hematoma en el ojo izquierdo, que podrían constituir un nuevo delito de maltrato habitual, ya que «el uso de la violencia como método de imposición y de sometimiento de la voluntad ha sido reiterado y no aislado».

En su escrito de acusación, la Fiscalía atribuye al jugador un delito de malos tratos habituales; un delito de amenazas leves, y seis delitos de maltrato en el ámbito familiar.

Por el delito de maltrato habitual, reclama una condena de un año y tres meses de prisión y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su ex pareja o al domicilio de ésta por un plazo de dos años y tres meses; por las amenazas leves, solicita nueve meses de prisión y prohibición de acercarse a la víctima durante un año y nueve meses, y por cada uno de los delitos de maltrato en el ámbito familia le pide cuatro meses de cárcel y prohibición de aproximarse a la joven durante un año y cuatro meses.

De su lado, la acusación particular que ejerce la exnovia del delantero del Betis solicita para el futbolista del Betis ocho años y nueve meses de cárcel o, de manera subsidiaria, la imposición de una pena de siete años de prisión, así como el pago de una indemnización de 150.000 euros por el daño físico y moral ocasionado y 500 euros por los daños físicos causados en la última agresión.

Agresión sexual

Así, solicita para el delantero una pena de tres años de cárcel por un delito de agresión sexual con la agravante de superioridad y aprovechamiento de las circunstancias; seis meses de prisión por un delito de amenazas, y nueve meses por cada uno de los cinco delitos de maltrato en el ámbito familiar del artículo 153.2 del Código Penal que le imputa, uno de ellos con la agravante de presencia de menor y otro con la agravante de aprovechamiento de las circunstancias del lugar.

Asimismo, reclama para el delantero seis meses de cárcel por un delito de maltrato en el ámbito familiar del artículo 153.2 del Código Penal, y un año de prisión por un delito de maltrato en el ámbito familiar del artículo 153.1 del Código Penal.

De manera subsidiaria, la acusación particular pide para el acusado un año de prisión por un delito de maltrato del artículo 153.2; otro año de cárcel por un delito de coacciones con la agravante de aprovechamiento de las circunstancias del lugar; dos años de cárcel por un delito de violencia habitual; tres años de prisión por un delito de agresión sexual con la agravante de superioridad y aprovechamiento de las circunstancias del lugar, y ocho días de localización permanente por una falta de injurias.

La juez, en su auto, señala como órgano judicial competente para el enjuiciamiento y fallo de la causa al Juzgado de lo Penal de Sevilla que por turno le corresponda y acuerda dar traslado de las actuaciones al acusado para que en el plazo de diez días presente su correspondiente escrito de defensa.