El Gobierno andaluz ha alcanzado un acuerdo con el Estado que evita el recurso que se planteaba presentar contra 42 artículos y una Disposición Adicional y otra Final de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista), la Ley del Suelo del actual Gobierno andaluz aprobada la pasada legislatura.
El acuerdo, según han avanzado fuentes del Gobierno andaluz a Europa Press, se alcanzó el 10 de agosto en el marco del grupo de trabajo que crearon ambas administraciones dentro de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ambas administraciones consideran resueltas las discrepancias suscitadas y dan por concluida la controversia planteada en función de los compromisos adquiridos, que se traducen, según el Gobierno andaluz, en «una interpretación y aplicación de los preceptos cuestionados conforme a la legislación básica» que, a juicio de la Administración General del Estado, estimaba afectada y era el origen de la controversia jurídica con la Administración autonómica.
Ese acuerdo se proyectará sobre una disposición adicional de la Ley y se tendrá en cuenta en el Reglamento de la Ley, que se encuentra en fase de tramitación.
«Es una solución muy simple que no afecta para nada al contenido de la ley porque, como ya dijimos, la ley no vulnera ninguna competencia ni normativa en vigor», ha defendido la consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Marifrán Carazo, quien ha recordado que el Estado «amenaza con el recurso de inconstitucionalidad cada vez que el Parlamento aprueba una ley o decreto».
Carazo ha subrayado que este acuerdo es «de gran trascendencia, dado que evita el recurso de inconstitucionalidad del Estado y refuerza la seguridad jurídica de la norma que regula la ordenación del territorio y el urbanismo en Andalucía desde el pasado mes de diciembre».
En este sentido la consejera ha apuntado que espera que tampoco tenga ningún recorrido el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de 50 diputados de Unidas Podemos y de representantes en el Congreso de ERC, Más País, Compromís y Nueva Canarias, que admitió a trámite el Tribunal Constitucional en marzo.
Este acuerdo entre ambas administraciones deberá publicarse tanto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) como en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Ley aprobada al segundo intento
La Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía la aprobó el 25 de noviembre de 2021 el Parlamento de Andalucía, después de que fuera rechazada en una primera ocasión en julio tras recibir una enmienda a la totalidad y proceder la Asamblea Legislativa andaluza a su devolución al Consejo de Gobierno.
La norma se aprobó, finalmente, con los votos de PP, CS, Vox y la abstención del PSOE.
El 21 de marzo de este año ambas administraciones comunicaron al Tribunal Constitucional su acuerdo para crear y resolver las discrepancias sobre esos 42 artículos y un par de disposiciones, en lo que suponía el inicio de una negociación sobre los artículos 7, 8, 9, 10, 14, 16, 18, 19, 22, 25, 28, 30, 32, 35, 50, 51, 61, 70, 76, 78, 80, 81, 82, 84, 85, 86, 92, 94, 96, 99, 101, 102, 103, 105, 118, 121, 136, 137, 139, 153, 155, 169, disposición adicional 9ª y disposición final 5ª de la Ley 7/2021.
La controversia jurídica sobre la Lista queda a expensas de la resolución del recurso de inconstitucional que interpuso, entre otros grupos parlamentarias, Unidas Podemos por Andalucía, que en la actual legislatura se denomina Por Andalucía.
Entre los posibles «motivos de inconstitucionalidad» argumentados por Por Andalucía figuran la decisión del entonces Gobierno de coalición de PP-A y Cs de tramitar la norma por el procedimiento de urgencia «cuando constitucionalmente no está justificado hacerlo para tramitar una norma sobre urbanismo que no precisaba de aprobación urgente», así como la presunta vulneración del principio de autonomía local.
El Gobierno andaluz alegó en ese sentido que la crisis económica por la pandemia del Covid, entre otros motivos, justificaban la aprobación por urgencia de una ley que buscaba la reactivación económica y contaba con un amplio respaldo de los ayuntamientos y del sector.
El recurso de inconstitucionalidad de Por Andalucía reclama «la inconstitucionalidad y consecuente nulidad» de la Lista y, en el caso de que el tribunal no estime esa petición, que al menos «declare la inconstitucionalidad y nulidad» de los artículos 19.1 a); 21.1 y 2.b); 22.1 y 2; 50; 53; 137.2 f; 151.1 y 153.1 f; la Disposición adicional cuarta y la Disposición Derogatoria 2 f.
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