Rescate de una patera a 35 millas de Cabo de Gata, en Almería. | SALVAMENTO MARÍTIMO

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de seis años de prisión para dos patrones de una patera interceptada con diez personas a bordo que se hundió cuando era remolcada al Puerto de Almería tras el rescate de sus ocupantes, procedentes de Orán (Argelia), ante su precario estado, ya que durante la travesía había perdido el motor y había padecido la entrada de agua.

El fallo de apelación incide en el «riesgo concreto y grave» al que se expuso a los ocupantes de patera, que quedó a la deriva a 33 millas de la costa española «debido a la impericia de los acusados y a que la brújula no funcionaba correctamente», lo que se une a que «entró abundante agua en la cubierta, teniendo los pasajeros que cortar con un cuchillo algunos de los bidones vacíos para utilizarlos a modo de cubos para poder evacuarla» durante, al menos, un par de horas.

«Si no hubiera sido por un pesquero que acertó a pasar por el lugar en donde se encontraba y dio aviso a Salvamento Marítimo, se podría haber producido un desenlace fatal, como en tantas ocasiones ha ocurrido», observa el alto tribunal andaluz, que recalca la «gran precariedad» de la nave.

A ello, se unen otros factores como la sobreocupación de la patera, el transporte de bidones de combustible --con peso adicional que supone--, la falta de preparación de los patrones o la falta de chalecos salvavidas; un aspecto este último que, ya de por sí, el Tribunal Supremo tiene en cuenta en su jurisprudencia para aplicar el subtipo agravado 138 bis 3b) del Código Penal contra el que alegó la defensa al estimar que no se había concretado el riesgo al que se expuso a los ocupantes de la infraembarcación.

Con ello, el tribunal explica que los acusados no se limitaron a conducir a las personas interesadas en realizar la travesía, sino que contactaron con ellas a través de Facebook y luego por teléfono para organizar el viaje, toda vez que uno de ellos se encargó del cobro de los pasajes.

«El riesgo generado en este caso fue mayúsculo, y solo el paso causal de un pesquero evitó que se produjeran males mayores, por lo que, en definitiva, la pena fijada resulta proporcional a la gravedad de los hechos y se debe mantener», recalca para confirmar el fallo dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería.

Los acusados, que permanecen en prisión desde el 20 de julio de 2021, promovieron de forma directa la inmigración clandestina de personas, a las que cobraron hasta 2.000 euros por una plaza en la embarcación de cinco metros de eslora y motor de 40 caballos que pilotaron, uno mediante su conducción y el otro con el manejo de la brújula.

Durante el trayecto entró agua en la patera, por lo que los ocupantes se vieron obligados a achicar la misma con los restos de algunas de las ocho garrafas de gasolina que transportaban, momento en el perdieron el rumbo, se quedaron sin combustible y el motor cayó al mar, de manera que quedaron a la deriva. Fue 14 horas después de iniciar el viaje cuando la Salvamar Spica de Salvamento Marítimo practicó su rescate.

En la zona por la que discurrió la navegación de la embarcación las características concretas del tráfico supusieron mayor riesgo en tanto que en esa franja horaria, ese espacio fue utilizado por 56 buques mercantes.