El Boletín Oficial del País Vasco publicará este lunes una resolución del director general de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, Andrés Zearreta, para abrir un nuevo proceso de selección que permita la creación de una bolsa de trabajo de agentes interinos para las policías locales de Euskadi.
Según ha informado el Ejecutivo en un comunicado, el objetivo es ayudar a los ayuntamientos vascos a cubrir, «de una manera ágil y eficaz», las vacantes de agentes de la escala básica de policías locales.
Estos procesos selectivos nacen del artículo 59.3 de la ley de Policía del País Vasco y se desarrollan para que los ayuntamientos de Euskadi cuenten con personas formadas y capacitadas que puedan incorporarse de manera urgente o inmediata a las plazas vacantes de agentes de las policías locales que se cubren de manera interina.
Oposición y formación
El proceso selectivo para crear esta bolsa de trabajo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con pruebas de personalidad y psicotécnicas. Una vez superadas estas pruebas, la selección se completará con un curso de formación teórico, conductual y práctico específico, con su correspondiente prueba de conocimientos, para las funciones de agente de la escala básica de policías locales.
Las solicitudes se pueden presentar durante los próximos 20 días hábiles según el modelo oficial y normalizado que está disponible en la web de la Academia: www.arkauteakademia.eus. En el momento de realizar la solicitud, se deberá elegir el idioma en el que se desea realizar los ejercicios de la oposición.
Para presentar la solicitud, será necesario cumplir, entre otros, los siguientes requisitos: estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres; 18 años de edad y no haber cumplido la edad de 38 años, límite que se podrá compensar con servicios prestados en cuerpos de la Policía del País Vasco; contra con título de Bachiller o equivalente, o cualquier otro de nivel superior, así como con permiso de conducción de clase B, para turismos.
También se requiere no padecer alguna de las exclusiones médicas que figura en el Decreto 36/2004, de 17 de febrero, de segunda modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco.
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