El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de siete años y ocho meses de prisión para I.R.A. acusado de haber intentado matar a tiros a un vecino de Pechina (Almería) al que persiguió con su coche por toda la localidad, lo que provocó desperfectos en otros vehículos estacionados en la vía pública.
El alto tribunal avala la condena de seis años y medio de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa y el año y dos meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería en la sentencia dictada en marzo de este año, toda vez que también le impone dos años de libertad vigilada y una orden de alejamiento sobre la víctima.
Los hechos tuvieron lugar el 5 de octubre de 2020 cuando sobre las 21,00 horas el acusado se personó en un vehículo de alta gama en las inmediaciones de la vivienda de la víctima en Pechina, la cual se percató de su presencia y, estando en el interior de la casa, escuchó «dos fuertes detonaciones».
Así, el perjudicado empuñó un palo y bajó a la calle donde, al salir del portal, se topó con el acusado «a unos 15 metros de distancia», quien «le encañonó con una pistola de características indeterminadas en dirección a su cuerpo».
La víctima tiró el palo que portaba y huyó del lugar, aunque fue perseguido por el procesado quien «con ánimo de acabar con la vida de aquel, efectuó un nuevo disparo que logró eludir la víctima». Así, el condenado subió a su vehículo e inició «una persecución» por las calles de la localidad al tiempo que «efectuaba al menos dos detonaciones más durante la persecución».
Finalmente el perjudicado logró refugiarse en casa de unos familiares y llamar a la Guardia Civil, lo que provocó que el acusado se diera a la fuga. No fue detenido hasta febrero del año siguiente. A raíz de los disparos efectuados durante la persecución, el hombre ocasionó daños en un vehículo tasados en 250 euros por los que también deberá responder.
El tribunal de apelación rechaza los cuatro motivos de impugnación impulsados por la defensa al considerar, en esencia, que no se vulneró la presunción de inocencia del acusado puesto que aunque presentaba «rasgos paranoides de personalidad», estos «no anulan ni alteran su capacidad de entender y obrar según su conocimiento, en relación a estos hechos».
Aunque el acusado negó haber estado tan siquiera en Pechina el día de los hechos, la Sección Segunda atendió la declaración del denunciante junto a otras pruebas testificales y periciales que lo ubicaban en el municipio. Según la víctima, el hombre llevaba algún tiempo «acosándole, llegando a causar daños en un vehículo de su propiedad, debido, según creía, a que un amigo suyo, usuario de uno de sus automóviles, era la actual pareja de la excompañera del acusado».
La sentencia de instancia destaca la «solidez, coherencia, perseverancia y ausencia de contradicciones» de la víctima, que se vieron confirmadas por otras pruebas como la declaración de su esposa, quien también oyó las detonaciones desde la casa. Ella grabó con su teléfono lo que desde allí se veía, observándose en dicha grabación analizada por la policía el vehículo similar al que conducía el acusado. Además, a su llegada a la zona, la Guardia Civil también vio el coche cuando abandonaba el pueblo.
Frente a tal prueba de cargo, el procesado se limitó en el plenario a ratificar sus anteriores declaraciones, en las que negó haber estado en Pechina. El tribunal también atiende a las pruebas periciales sobre la altura a la que se dirigieron los disparos, la cercanía y el tipo de arma empleada para constatar el carácter homicida del ataque.
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