El acusado durante el juicio | KILLUA

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La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a ocho meses de prisión a un monitor de natación de Alcalá la Real (Jaén) por «aprovecharse de su condición de instructor» para comenzar «una relación sentimental» con una de sus alumnas, una menor de 15 años, con la que le separaban 13 años, y a sabiendas de la edad de la misma.

La condena se produce después de que el acusado se declarara culpable y se conformara con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. De esta forma, se le impone los ocho meses de prisión como autor de un delito de agresión sexual ya que el acusado recoció, y así consta en los hechos probados, que en 2017 se llevó a la menor en varias ocasiones a lugares apartados para poder estar con ella.

Además de la pena de prisión, se le impone la prohibición durante dos años de ejercer cualquier profesión u oficio, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad. Tampoco podrá acercarse a la joven ni comunicarse con la misma durante un año y ocho meses.

Las penas no quedan aquí ya que la sentencia le condena por otro delito de agresión sexual, del que el acusado también se ha reconocido culpable como paso previo a conformarse con la pena. En esta ocasión, la pena impuesta no conlleva prisión, sino el pago de una multa de 2.740 euros, además de una indemnización de 1.500 euros en concepto de responsabilidad civil, y la prohibición de no acercarse ni comunicarse con la víctima durante dos años.

En esta ocasión, en la que no hay aparejada pena de prisión, los hechos probados se remontan a marzo de 2018 cuando el acusado, que seguía como instructor en un club de natación, hizo pasar a otra de sus alumnas, de 18 años, a un almacén y tras cerrar la puerta, se abalanzó sobre la joven, que consiguió esquivarlo y abandonar el lugar.