El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sacado a licitación, por un importe de 87.439.980 euros, IVA incluido, el acuerdo marco «por el que se fijan las condiciones para la contratación del servicio de asistencia sanitaria complementaria para pruebas diagnósticas a usuarios» del SAS «en centros sanitarios y servicios privados de la comunidad autónoma de Andalucía y provincias limítrofes pertenecientes a otras comunidades autónomas».
La licitación se ha dividido en 34 lotes, y el valor estimado total del contrato asciende a un montante de 201.111.954 euros, ya que la duración del acuerdo marco se extiende a dos años con posibilidad de prorrogarse por otros dos más, según la información publicada por la Junta de Andalucía en su página web, consultada por Europa Press.
Al respecto, desde la Consejería de Salud y Consumo se defiende que existen «varias razones que justifican la duración de dos años para este acuerdo marco», como son que así se proporciona «estabilidad y certidumbre a largo plazo para los proveedores de la prestación de la asistencia sanitaria complementaria y para la Administración», algo que «les permite planificar sus actividades y recursos con anticipación, lo que puede mejorar la eficiencia y la efectividad de los servicios sanitarios».
Además, «una duración de dos años más la posibilidad de hasta dos años de prórroga, puede ayudar a reducir estos costos y el tiempo necesario para llevar a cabo procesos de licitación», según sostiene igualmente la Junta, que razona también que «un acuerdo marco de hasta cuatro años, incluyendo sus posibles prórrogas, permite a los proveedores de servicios sanitarios complementarios adquirir experiencia y conocimientos más profundos sobre los requisitos y necesidades de la Administración».
Además, «un acuerdo marco por dos años ofrece cierta flexibilidad para adaptarse a los cambios en las necesidades y demandas de los pacientes y del mercado en general», argumentan también desde la Junta.
La memoria justificativa de este acuerdo marco encuadra esta iniciativa en los «conciertos sanitarios» suscritos entre la Junta y «entidades privadas titulares de centros y/o servicios sanitarios», que «responden a la necesidad de complementar los dispositivos asistenciales propios, dando respuesta a la protección del derecho a la salud» reconocido en la Constitución.
Al respecto, desde la Junta subrayan que, «en función de las competencias atribuidas, de las necesidades asistenciales y del presupuesto disponible, se han venido manteniendo durante años diversos contratos de prestación de asistencia sanitaria especializada, de carácter complementario a los facilitados con medios propios, con diversas empresas, titulares de centros homologados en Andalucía (...), ante la necesidad de la Administración de una adecuada asistencia a usuarios del SAS y con carácter complementario de los servicios propios».
Se trata, según abunda la memoria justificativa, de «prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios comunes del Sistema Nacional de Salud establecida por Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, a realizarse por un centro hospitalario homologado y cuyos objetos de contratación radicaban en la contratación de estancias médicas --enfermos pluripatológicos y paliativos--, intervenciones quirúrgicas con hospitalización, cirugía mayor y menor ambulatoria, pruebas diagnósticas, así como terapias oncológicas de radioterapia».
Conciertos ante la carencia de "medios propios suficientes"
El SAS, adscrito a la Consejería de Salud y Consumo, defiende para justificar esta licitación que «se hace necesaria la contratación de conciertos, con empresas autorizadas al respecto, por carecer de medios propios suficientes para realizar las distintas actividades y pruebas diagnósticas».
Dada «la experiencia acumulada en estos años», continúa la Junta, «es necesario acudir nuevamente a la contratación del servicio para poder garantizar y dar cumplimiento a los plazos de garantía en pruebas diagnósticas a los usuarios del Servicio Andaluz de Salud y que los mismos se encuentren adaptados a los requerimientos de la LCSP --Ley de Contratos del Sector Público--, con la sujeción de plazo y tipología contractual que ésta última reconoce».
El acuerdo marco sometido a licitación se centrará en una serie de actuaciones que aparecen enumeradas en la memoria justificativa, y entre las que figura la «prestación de asistencia sanitaria para la realización de pruebas diagnósticas», de los procedimientos «más prevalentes en la lista de espera», como «endoscopias, colonoscopias, polipectomía endoscópica, ecografías y doppler, resonancias magnéticas (RM), tomografía axial computerizada (TAC), tomografía por emisión de positrones (PET-TAC), electromiografía, mamografía, gammagrafía y la lectura y emisión de informes de los procedimientos radiodiagnósticos (RM, TAC y PET-TAC)».
Según aclara también la memoria, la prestación asistencial que se quiere contratar «se desarrollará con arreglo a las normas, procesos o recomendaciones de la Consejería competente en materia de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, para la prestación de asistencia y muy específicamente a las recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y/o en su caso, a lo regulado en la Orden de 23 de febrero de 2023, por la que se actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en centros sanitarios, así como las modificaciones realizadas en la rectificación de errores de 9 de marzo de 2023».
Por parte de la Consejería de Salud subrayan además que, «en todos los casos, la suscripción de los contratos basados de prestación de servicios sanitarios se realizará teniendo en cuenta los principios de complementariedad, optimización de recursos sanitarios propios, necesidades de atención en cada momento, así como la adecuada coordinación en la utilización de los recursos públicos y privados», y «obedece sin duda al objetivo del Servicio Andaluz de Salud de seguir cumpliendo con los fines institucionales que tiene encomendados, con pleno sometimiento a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad social y medioambiental».
Para «facilitar la accesibilidad geográfica, disponer del mayor número posible de centros y evitar demoras en la realización de las pruebas diagnósticas, las agrupaciones y/o los lotes se podrán adjudicar a todas las personas licitadoras que cumplan los requisitos de solvencia, su oferta técnica supere el umbral mínimo que se fije en los pliegos y su oferta económica no supere el precio unitario máximo que establezca el órgano de contratación», se precisa también en la memoria justificativa de esta licitación.
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