El Gobierno de Zaragoza ha acordado, en su reunión de este jueves, a la modificación de la Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua (OMECGIA) con los objetivos principales de actualizar el articulado y su ordenación, además de incluir los efectos del cambio climático en la regulación de los servicios del ciclo integral del agua.
Uno de los cambios más destacados a efectos prácticos y materiales supone asegurar la profesionalidad en el diseño y ejecución de las instalaciones particulares, atajando el intrusismo.
Se incorpora la exigencia de que las intervenciones que se autoricen en las instalaciones para el abastecimiento y saneamiento se ejecuten por profesionales habilitados.
La OMECGIA, surge hace 12 años, refunda y actualiza todo el compendio de ordenanzas, reglamentos, resoluciones, instrucciones y circulares que se han ido conformando la normativa reguladora de los servicios de abastecimiento y saneamiento de la ciudad.
Con la experiencia acumulada de los servicios técnicos competentes, los cambios normativos que se han ido produciendo, así como las sugerencias que los diferentes usuarios y prescriptores han hecho llegar al Ayuntamiento de Zaragoza, se revisa la norma para incluir cambios materiales y formales acordes con la realidad actual del municipio.
De este modo, unifica el espíritu original de la norma y prioriza el reconocimiento internacional del derecho humano al agua y al saneamiento, introduce los efectos del cambio climático en la regulación de los servicios del ciclo integral del agua, acentúa la defensa de la gestión pública de estos servicios, y mejora su estructura, aportando mayor claridad en la redacción y una mejor organización formal.
Planificación
En la parte más pragmática, su articulado introduce, entre las novedades, los criterios de planificación del ciclo integral del agua a formalizar en un Plan Estratégico y en diversos programas sectoriales.
En lo que a la integración urbanística de la ordenanza se refiere, se ajusta a la normativa aplicable la nomenclatura de las diversas licencias y otros títulos habilitantes. También, evita el intrusismo laboral y el descontrol obligando a que las intervenciones que se autorizan para las instalaciones de abastecimiento y saneamiento --tomas y acometidas-- se ejecuten por profesionales con título habilitante, además de establecer la necesidad de la declaración de vertidos.
Asimismo, para las edificaciones dispersas en suelo no urbanizable, se adecua a la legislación urbanística las condiciones generales para autorizar la toma de agua de abastecimiento, sin que supongan una alteración de la clasificación del suelo, y también regula el transporte de agua potable a las mismas.
Por último, se regula la inspección municipal en materia de abastecimiento y saneamiento de aguas y el régimen disciplinario. La nueva redacción regula la clasificación, los responsables, las prohibiciones. Además, en la Declaración responsable de primera ocupación y en las licencias de inicio de actividad clasificada o las licencias de funcionamiento de espectáculos públicos, actividades
recreativas y establecimiento públicos, se incluirá el correspondiente certificado de cumplimiento con la presente ordenanza.
En cuanto a la tramitación de esta modificación, tras la aprobación por parte del Gobierno municipal, se someterá a información pública durante 30 días en el BOPZ y se solicitará el perceptivo informe de la Asesoría Jurídica Municipal.
Después podrán presentarse votos particulares y se remitirá el proyecto a la Comisión de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda. Para así, finalmente, someterla a su aprobación definitiva en sesión plenaria, previa contestación a las alegaciones presentadas en el periodo de información pública y a la resolución de los votos particulares de los grupos municipales.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.