Archivo - El director de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, Ricardo Vicente Puyol, en una foto de archivo. | ALFREDO DE ANCA/PARLAMENTO DE ANDALUCÍA - Archivo

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La Oficina Andaluza Antifraude (OAAF) ha subrayado este miércoles que la propuesta de resolución que ha emitido en relación a supuestas «causas de incompatibilidad» que afectan al director general de Pesca y Acuicultura de la Junta de Andalucía, José Manuel Martínez Malia, es «provisional», y ha advertido contra las consecuencias que puede generar la «filtración» de dicho documento.

En un comunicado, la Oficina Andaluza Antifraude que dirige Ricardo Vicente Puyol ha reaccionado así después de que el portavoz del Grupo Socialista en la comisión de Presidencia del Parlamento, José Aurelio Aguilar, haya dado a conocer este miércoles que dicho organismo ha dictado una propuesta de resolución contra el director de Pesca en la que propone incoar un «procedimiento sancionador» sobre dicho alto cargo al constatar «indicios de causas de incompatibilidad» entre su puesto --para el que fue nombrado en el año 2019-- y unas ayudas concedidas por la administración autonómica a dos empresas con las que tenía vinculación.

«Ante las informaciones publicadas en diferentes medios de comunicación con relación a posibles incompatibilidades del director general de Pesca de la Junta de Andalucía, y al objeto de preservar los derechos de la persona denunciada, así como el carácter reservado del procedimiento», la Oficina Andaluza Antifraude ha querido aclarar que «las informaciones publicadas se refieren a una propuesta de resolución provisional, no finalizadora del procedimiento», y al respecto ha precisado que «la parte denunciante y la parte denunciada disponen de un plazo de presentación de alegaciones que aún no ha concluido».

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De igual modo, la Oficina ha apuntado que su director, por resolución de 13 de noviembre de 2023, «declaró el procedimiento reservado en virtud del artículo 14.4 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de Lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, lo que implica la obligación del deber de sigilo y de confidencialidad sobre los hechos que son objeto de investigación e inspección, así como las personas y entes sobre los que se producen dichas actuaciones».

«En este sentido, la filtración de información en la investigación que cause graves perjuicios a la propia investigación o al denunciante está tipificada como una infracción muy grave en virtud del artículo 43.g de la Ley 2/2021, de 18 de junio, y en consecuencia se podría estar incurriendo en un incumplimiento del mismo lo que conllevaría sanciones que oscilarían entre los 30.001 y los 100.000 euros», advierten desde la Oficina Antifraude.

Finalmente, este órgano ha querido aclarar que, «en cualquier caso, la OAAF no está investigando ningún supuesto de fraude, las acciones que son objeto de filtración hacen referencia únicamente a infracciones de carácter administrativo, nunca delictivas, en las no se han detectado ningún tipo de alcance contable o de perjuicio económico para la Junta de Andalucía en el reparto de ayudas».