Miguel Ángel Flores, principal condenado por el caso Madrid Arena, volverá el 17 de febrero al banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Madrid por presuntos delitos de estafa continuada y apropiación indebida en relación a la gestión y obras de remodelación de un centro deportivo del que era propietario hasta que entró en prisión ubicado en la estación de Chamartín de la capital.
Lo hará tras haber extinguido la condena a cuatro años de cárcel que se le impuso por la muerte de cinco jóvenes entre 17 y 20 años en una fiesta de Halloween que organizó a través de una de sus empresas en 2012 en el pabellón Madrid Arena.
Ahora, el empresario se enfrentará de nuevo a la Justicia junto a otra persona por unos hechos de los que la Fiscalía de Madrid no acusa al no quedar acreditada su autoría en los delitos de estafa continuada, apropiación indebida y administración desleal que les imputa la acusación particular.
El objeto del procedimiento se refiere a una de las sociedades --Canacur S.A.-- de las que fue administrador único hasta el 1 de junio de 2018, fecha en la que cumplía ya su condena entre rejas al haber ingresado unos meses antes en el centro penitenciario.
Según el escrito del fiscal, al que tuvo acceso Europa Press, no consta que Flores y el otro acusado aprovechando «la gestión y las obras de remodelación de un centro deportivo que la entidad gestionaba en la estación de Chamartín se apoderaran de diversas cantidades de la entidad en beneficio ilícito propio ajeno a los fines de Canacur».
La acusación particular les acusaría de apoderarse presuntamente de «440.968 euros, que a fecha de 31 de diciembre de 2012 figuraba como saldo contable de la cuenta de caja, no destinando dicha cantidad a los fines de la sociedad, así como que ampliaran su apoderamiento posteriormente durante los siguientes años a esa fecha hasta la cantidad de 683.085 euros».
Según el fiscal, no consta tampoco que «determinaran ampliaciones de capital en la entidad en las fechas 7 de agosto de 2012 y 13 de diciembre de 2012, así como en otras posteriores al 3 de abril de 2013 y 29 de julio de 2013».
Añade que participaban, sin que conste para el fiscal, «en las mismas a través de las empresas gestionadas por el mismo denominadas Free Sensations Magic S.L, Diviertt S.L y Maf World a fin de obtener una participación preferente en la citada Canacur, con dinero procedente del apropiado previamente de la propia empresa, en perjuicio del resto de accionistas que no dispusieron de esta posibilidad».
«No consta igualmente que ordenaran falsear los registros contables y las cuentas anuales de la empresa Canacur, proporcionando al resto de accionistas de la empresa un información adulterada del estado económico de la misma con reflejo de un patrimonio neto falso como valor de las acciones que habrían de emitirse, y de necesidad de las referidas ampliaciones antes aludidas, a fin de conseguir siguieran confiando en la gestión de la empresa, y participaran en las ampliaciones de capital referidas», añade.
La Fiscalía considera que no consta que «los investigados hayan cometido los delitos imputados de apropiación indebida continuada, estafa continuada, administración desleal, un delito societario de falsedad contable continuado así como de imposición de acuerdos abusivos y de negación del derecho de información y participación en la gestión a los socios».
Madrid arena
En marzo de 2018, el Supremo confirmó la condena a Flores como autor responsable de cinco delitos de homicidio y catorce de lesiones por imprudencia grave por lo sucedido la madrugada del 1 de noviembre de 2012.
Además, el tribunal le inhabilitó para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos durante el tiempo de la condena.
La sentencia concluyó que Flores vendió más entradas de los permitidas y que, tanto él como el resto de los responsables de la organización y seguridad, «no solo no evitaron riesgos, sino que los crearon y los permitieron».
El empresario llegó a vender a través de su empresa unas 16.695 entradas, cuando el aforo máximo permitido en este pabellón municipal era entonces de 10.620 personas.
Ante los magistrados del Supremo, el abogado del promotor de la fiesta culpó al Ayuntamiento de Madrid de la falta de seguridad y de las deficiencias del recinto.
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