La sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha anulado las imputaciones por presunto delito de soborno (cohecho) que el instructor del caso Negreira hizo sobre los investigados en esta causa que indaga sobre los pagos del FC Barcelona al exvicepresidente del Comité Técnico Arbitral (CTA), José María Enríquez Negreira a través de sus empresas.
En un auto consultado por Europa Press este viernes, el tribunal estima los recursos que presentaron en este sentido los expresidentes del Barça Josep Maria Bartomeu y Joan Laporta, el FC Barcelona como persona jurídica y los exdirectivos del club Óscar Grau y Albert Soler.
En el mismo auto, los magistrados han rechazado la petición del expresidente blaugrana Sandro Rosell, que pidió archivar la causa para él porque considera que había prescrito.
Para justificar las imputaciones por cohecho, un delito que afecta a los funcionarios públicos cuando reciben pagos de un particular (un soborno), el juez de Instrucción 1 de Barcelona argumentó que la Real Federación Española de Futbol (RFEF), de la que es parte el Comité Arbitral, "tiene a efectos penales la condición de entidad jurídico-pública", y por tanto defendió que sus directivos deben ser considerados como funcionarios a efectos penales.
En cambio, la Audiencia de Barcelona discrepa de esta interpretación, y replica que plantea "de entrada el inconveniente" de que este tribunal provincial ya resolvió el debate en otro recurso que presentó la RFEF, y también apoyan su decisión en jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS).
"Inviabilidad" de considerarlo funcionario
En base a una sentencia del Supremo, los jueces apuntan a la "inviabilidad" de considerar a Negreira como funcionario público por haber participado en funciones públicas, ya que no fue nombrado una autoridad y tampoco se puede considerar que sus funciones en el CTA fueran de interés general.
El tribunal da la razón a las defensas que han recurrido las imputaciones y comparte que la argumentación del juez Joaquín Aguirre "incurre en cierta contradicción" porque dedica el auto a justificar la imputación por cohecho y al final mantiene también el delito de corrupción deportiva.
También están investigados en la causa el hijo de Negreira, Javier, y su empresa DASNIL 95 SL; en el auto que les atribuyó el delito de cohecho, el instructor mantiene, como calificación alternativa, que los pagos (de 7,5 millones desde 2001 hasta 2018) supusieron un presunto delito de corrupción deportiva.
Todos están investigados también por el presunto delito continuados de administración desleal y, solo el Barça, por falsedad en documento mercantil.
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