Los grandes escándalos de los últimos años y las nuevas y estrictas leyes anticorrupción, así como las exigencias de transparencia que demandan los mercados financieros, han puesto de manifiesto los riesgos de corrupción y soborno como uno de los riesgos que las empresas no pueden ignorar.
Existe una gran confusión entre corrupción, irregularidad, ilegalidad, regalo, cortesía, soborno…, ya que no toda irregularidad es ilegal y no toda ilegalidad es corrupta.
El primer peldaño de la corrupción es el regalo, del que se usa y abusa para pasar de la simple cortesía al soborno puro y duro, es decir, a la corrupción, en los ámbitos políticos y empresariales.
La proliferación de códigos éticos y normas de transparencia son meros brindis al sol porque su regulación es ambigua al prohibir los regalos que sobrepasan los usos y costumbres de simple cortesía por parte de entidades y personas, términos tan imprecisos que más parecen buenas palabras que voluntad real de erradicar la corrupción. La delgada línea roja entre cortesía y soborno suele estar en el límite de los 50 euros, que se suelen sobrepasar con frecuencia.
Aunque la mejor regulación es aquella en la que el regalo está prohibido. La OCDE ha publicado una útil guía nemotécnica para saber si el regalo es o no éticamente aceptable, utilizando las iniciales en inglés de la palabra regalo (gift).
Para esta prestigiosa organización mundial, de la que es secretario general el mexicano Ángel Gurria, hay que memorizar: G de genuine (genuino o sincero), es decir si el regalo se corresponde por algo que se ha hecho en la condición de funcionario o empleado; la I de independent (independiente), si alguien puede pensar que en el futuro no se será independiente al tomar una decisión que afecte al responsable del regalo; F de free (libre), si hay un sentimiento de ser libre de cualquier compromiso con la persona que ha hecho el regalo, y T, transparency (transparencia), si no hay problema en declarar públicamente y de forma totalmente transparente el regalo recibido.
La FEMP (Federación de Municipios), el Código del Buen Gobierno Local, la Comisión Europea, la ICC (Cámara Internacional de Comercio), etc. han redactado también normas sobre regalos e invitaciones, pero todas ellas carecen de mecanismos de control y por lo tanto de voluntad de cambio.
Por su parte, la ICC ha confeccionado una especie de tabla de regalos, según valgan menos de 50 euros, que pueden ser aceptados sin más; de 50 a 150 euros, que necesitan de un permiso de la autoridad jerárquica superior, y los que sobrepasan los 150 euros, que están ya totalmente prohibidos.
Para concluir diremos que el regalo es un acto social, pero que la corrupción también es un acto con implicaciones sociales y que solo la transparencia debe facilitar la información para que los ciudadanos interioricen su comportamiento por los riesgos penales y reputacionales que un inadecuado proceder puede reportarles.
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