La idea de que los consejos de administración deben estar pendientes de los impactos sociales y ambientales de sus compañías no es nueva. En España, las recomendaciones de buen gobierno recogen desde 2015 la expectativa de supervisión del consejo en cuestiones ESG o de sostenibilidad ESG y su evolución en los consejos de administración. A lo largo de los últimos años se han notado algunos cambios evidentes. Tienen que ver, entre otros, con la creciente influencia de los consejeros independientes en la cultura de trabajo del consejo de administración. O cómo ha cambiado el modo en el que el consejo de administración trabaja las cuestiones de estrategia. También es reseñable cómo las cuestiones de sostenibilidad o ESG han ganado peso en la agenda.
Las conversaciones con los consejeros alrededor de este tema tienen dos objetivos. El primero de estos dos objetivos es asegurar que la compañía cuenta con las políticas, procesos y controles para evitar sorpresas desagradables. Por ejemplo, que una agencia de calificación ESG otorgue una mala valoración a la compañía o que empeore la percepción de la compañía de un inversor, entre otras casuísticas… Por otro lado, el segundo objetivo son las oportunidades de mejora que encontramos, sobre todo, en el paso de la teoría a la práctica. Se trata de asegurar, en definitiva, que el consejo de administración introduce en su programa de trabajo cuestiones relativas a la orientación, supervisión y control en materia ESG. Lo que nos lleva a pensar cuáles son específicamente esas tareas que se espera que el consejo de administración desempeñe. Esto es algo en lo que todavía un buen número de consejeros tienen dudas. Para aclararlas, resultan de enorme utilidad los estándares ESRS elaborados por EFRAG al hilo de la directiva europea de información sobre sostenibilidad. Aterrizar los asuntos ESG en tareas concretas. Aunque se trata de una directiva de reporting, las compañías que quieran salir favorecidas en la foto tendrán que considerar implantar un buen número de políticas, procesos y controles. Algunos de ellos se refieren a cómo el consejo de administración trabaja las cuestiones ESG. Por ejemplo, deberán describir las competencias y capacidades del consejo de administración en materia de sostenibilidad. También, el trabajo que realiza en la fijación de objetivos o en cuanto a la supervisión del trabajo del equipo directivo. Asimismo, será necesario divulgar más en detalle la información que se pone a disposición del consejo de administración en materia de sostenibilidad, los asuntos que han sido debatidos por el consejo de administración, los debates sobre la estrategia sostenible de la compañía o el input del propio consejo de administración en el proceso de identificación de los asuntos materiales de la compañía.
De la lectura de los estándares se deducen unas cuantas tareas que van a exigir cambios concretos en el modo en el que los consejos de administración tratan estas cuestiones. Un buen número de consejeros entiende también que existe una oportunidad de mejora. Es decir: el impacto en el negocio de la sostenibilidad y las oportunidades para la compañía como consecuencia de los fondos públicos y privados invertidos en sostenibilidad. Los consejeros harán bien en incorporar esta cuestión de la sostenibilidad en sus órdenes del día.