Rafael Ballester alega motivos laborales para dejar la presidencia del Consell Econòmic i Social. | Aina Ambrosio
El Consell Econòmic i Social de les Illes Balears queda definido en el artículo 78 del Estatut d’Autonomía como un «órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuestas en materia económica y social». Entre sus funciones de carácter consultivo, el CES debe emitir dictámenes preceptivos y no vinculantes sobre los anteproyectos de ley que impulse el Govern en materias socioeconómicas, laborales y de empleo. El CES, además, puede elaborar informes o estudios sobre cuestiones sociales, económicas y laborales de interés para Balears. El CES deberá además elaborar un informe anual, con propuestas y recomendaciones antes de la aprobación del anteproyecto de ley de presupuestos generales. También regula proyectos de reglamento de los consells insulares en materia socioeconómica.