Así consta en el texto, que acota la amnistía a un contexto temporal que comprende desde el el 1 de enero de 2012, «año en el que comenzaron a desarrollarse los hechos del proceso independentista», y este 13 de noviembre de 2023. Además del marco temporal, la propuesta delimita los delitos que serán amnistiados, y que incluyen los de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación.
LOS LÍDERES INDEPENDENTISTAS
Tal y como estaba previsto en el marco de las negociaciones de las últimas semanas para una investidura y una eventual formación de Gobierno, la proposición beneficiaría a los líderes del 'procés', tanto a los que ya están condenados como a los que permanecen procesados en rebeldía y huidos de la Justicia.
El texto no hace mención expresa a sus nombres, pero la medida incluiría al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, quienes fueron indultados pero permanecen inhabilitados por delitos de desobediencia y malversación después de que el Tribunal Supremo revisara sus condenas a raíz de la reforma que eliminó la sedición y modificó la malversación.
También afectaría a los dirigentes Jordi Sànchez y Jordi Cuixart -condenados por desórdenes públicos tras la reforma-, a la expresidenta del Parlament Carmen Forcadell y a los exconsellers Josep Rull y Joaquim Forn -condenados por desobediencia una vez aplicado el nuevo Código Penal-, aunque en sus casos ya se extinguieron sus penas de inhabilitación y fueron indultadas sus penas de prisión.
Respecto a los independentistas huidos, la amnistía beneficiaría al expresidente catalán y líder de Junts Carles Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig, sobre los que pesa una orden nacional de detención por delitos de desobediencia y malversación.
El texto a su vez tendría impacto en el caso de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que permanece en Suiza procesada por un delito de desobediencia tras la reforma que derogó la sedición, y contra la que también pesa orden de detención nacional. Igualmente beneficiada resultaría la ex consejera y eurodiputada de Junts Clara Ponsatí, procesada por desobediencia.
LOS ENCAUSADOS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
La propuesta también contempla el procedimiento que se sigue contra 35 ex altos cargos catalanes encausados en el Tribunal de Cuentas (TCu) por la responsabilidad contable derivada del supuesto desvío de fondos para los gastos del 1-O y de la acción exterior del 'procés'.
En esta causa la Fiscalía reclama 3,1 millones de euros de forma conjunta y solidaria a los 35 encausados tras rebajar las estimaciones iniciales del propio tribunal, que había previsto una responsabilidad contable de unos 9,5 millones de euros. Sociedad Civil Catalana, por su parte, reclama 5 millones de euros a 11 ex altos cargos del Govern.
La lista total de los 35 incluye al propio Puigdemont, Junqueras o al expresidente catalán Artur Mas. También recoge los nombres de exconsejeros condenados por el Supremo, como Romeva y Turull; exconsejeros huidos, como Comín y Puig; exdelegados de la Generalitat en el extranjero, como los de Estados Unidos, Francia, Italia y Portugal; y delegados en el exterior que aún permanecen en el cargo, como Marie Katinka (Alemania) y Eric Hauck (países del sudeste de Europa).
Al procedimiento sobre el 1-O y la acción exterior del Govern se suma la consulta del 9-N, lo que elevaría la responsabilidad contable hasta los casi 10 millones de euros. En 2018, el TCu condenó a Mas y a nueve miembros de su Gobierno a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros -más intereses- por la organización de la consulta independentista del 9-N.
CDR PROCESADOS POR TERRORISMO Y LOS DISTURBIOS DE TSUNAMI
La norma dejaría sin juicio oral a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por un delito de pertenencia a organización terrorista que, según la Audiencia Nacional, planearon ocupar el Parlament de Cataluña y que participaron en los cortes de carreteras o levantamientos de barreras de peaje.
También en el seno de la Audiencia Nacional, la amnistía abarcaría a los 10 investigados por los disturbios presuntamente organizados por Tsunami Democràtic tras las condenas por el 'procés' en 2019, y que fueron desde el intento de asalto del aeropuerto de El Prat, al corte de la frontera de la Jonquera o las reiteradas protestas con barricadas frente a la Jefatura de la Policía en Vía Layetana.
La ley explica que quedan excluidos de la amnistía únicamente "los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el capítulo VII del Título XXII del Código Penal siempre y cuando hayarecaído sentencia firme". Cabe recordar que la causa de los CDR está pendiente de juicio y la relativa a Tsunami sigue en instrucción, por lo que no ha habido fallo en ninguno de los dos casos.
La amnistía abarca "los actos de desconsideración o críticavertidos contra las autoridades y funcionarios públicos, los entes einstituciones públicas, así como sus símbolos o emblemas, en el curso de manifestaciones, asambleas, obras o actividades artísticas u otras de similar naturaleza que tuvieran por objeto reivindicar la independencia de Cataluña o la celebración de las consultas".
Incluye además "los actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza, desórdenes públicos, atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, resistencia u otros actos contra el orden y la paz pública que hubieran sido ejecutados con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos" del independentismo o "a los encausados o condenados por la ejecución de cualesquiera de los delitos" amnistiados.
12 CDR PROCESADOS POR TERRORISMO
El juez propuso juzgar a los 12 miembros de los CDR por un delito de pertenencia a organización terrorista, achacando a ocho de ellos además delitos de tenencia, depósito y fabricación de explosivos y estragos. Todos ellos, siempre según el juez, formaban parte del Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una célula integrada por un núcleo radicalizado compuesto por individuos procedentes de diferentes CDR. La creación del ERT vendría motivada por la necesidad de contar en el seno de los CDR con un grupo clandestino formado por individuos de la máxima confianza que se mostraban totalmente entregados a "la causa" para encargarles las acciones más sensibles.
LOS DISTURBIOS DE TSUNAMI DEMOCRÀTIC
El juez abrió la causa relativa a Tsunami Democràtic en 2019 para esclarecer el rol que habría tenido la plataforma en los disturbios que siguieron a las condenas a los líderes separatistas. Este mismo mes, el magistrado ha incidido en que "existen elementos suficientes para considerar que los hechos podrían encajar en el delito de terrorismo" en concurso con uno de desórdenes públicos.
En el marco de la causa, el juez ha imputado a Rovira y ha dirigido sus pesquisas contra Puigdemont, al que ha ofrecido la posibilidad de comparecer voluntariamente porque para imputarle debe recabar antes el permiso de la Eurocámara, de la que forma parte y por la que goza de inmunidad, y del Supremo, tribunal ante el que está aforado.
66 comentarios
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EN PEPÊT GONELLALo que no entiendo es que sí tanto sabes, no estás en el gobierno, ah que los burros, con perdón, están pastando o en las cuadras
OloSi a usted le imputan un delito, ejemplo del robo de un coche, va a juicio y no pueden demostrar que lo robó ¿Que hace el juez? pues sobresee el caso y usted es libre, pero en Cataluña no. Antes eran golpistas, porque los jueces ultraderechistas se lo imputaron ¡¡PERO COMO NO PUDIERON DEMOSTRARLO!! debería haberse cerrado el caso pero les imputaron otro nuevo el de SEDICIÓN y como la Ley cambió y no se ajustaba al delito cometido ¡Que jamás cometieron sedición y por eso en Europa tumbaban todas las órdenes de extradición a los políticos catalanes! pues los liberaron ¡¡NO!! cambiaron de nuevo por desobediencia, pero a dos, uno de ellos Puigdemont le acusaron de malversación de caudales públicos agravado, cuando jamás sucedió y solo fue prevaricación que no lleva penas de cárcel, porque usaron dinero público pero lo devolvieron sin que tuvieran que hacerlo por una querella. Pero como no podrán demostrar nada de eso y la desobediencia no lleva cárcel, pues de nuevo les acusan ¡Ahora por terrorismo! porque se lo ha inventado el juez, que la Fiscalía ha recurrido por falta de pruebas y los pagafantas como ustedes se lo tragan todo! esa es la mísera justicia que tenemos en España y que Europa no quieren saber nada de ellos.
RealidadJajaja, ahora el pagafantas sale con lo de Venezuela ¿En que planeta estaba porque el que dijo que era una dictadura, EEUU ahora dice que es un gobierno democrático, si fue el señor Biden, porque ahora necesita el petróleo de Venezuela, que ellos se lo venden a EEUU y este multiplicado por 2,5 a Europa ¡Y eso que son aliados que si no!. Le veo pero que muy perdido, pero mucho, jejeje.
Aldina FumPor cierto cuando indica “usurpación de funciones públicas, malversación de dinero público, desobediencia a las autoridades, y a las leyes ¡Y añado la Constitución por lo del CGPJ!, prevaricar y cometer desórdenes públicos ¡¡TODO ESO ME RECUERDA MUCHÍSIMO MÁS A LA DERECHA RANCIA ESPAÑOLA QUE A LOS CDR, PUIGDEMONT Y ROVIRA!! ¿Quiere ejemplos? El Constitucional, paralizó la reforma del Gobierno para la LEGAL aceleración de la reforma del TC, que era ilegal, e impidió que votase el Senado, cuando precisamente los afectados del TC votaron en contra y a su beneficio ¿Le basta lo de usurpación de funciones públicas o sigo? En el caso Auditorio, además de cometer el ex-presidente del PP de Murcia P.A. Sánchez falsificación de un concurso, desapareció el dinero del Auditorio y sin devolverlo el juez ¡¡Como no García Castellón dejando atónitos a los fiscales archivo el caso!! lo cual tuvo que recurrirse en el TS, pues la Audiencia dio la razón al juez y metieron en la trena a ese señoro del PP. Así una tras otra le puedo demostrar que parece que hablamos del PP ¡Y que usted jamás ha condenado la corrupción sistémica del PP!! y la pregunta es ¿PORQUÉ?
Aldina Fum2. No basta que un señoro con toga diga que son terroristas ¡¡LO TIENE QUE DEMOSTRAR CON LA INSTRUCCIÓN DEL CASO ANTES DEL JUICIO!! y por ahora son meras conjeturas de una mente retorcida. ¿Porqué los ha acusado “AHORA” y no 4 años atrás de terrorismo? ¿No le parece extraño? ¿No encuentra raro que todos los casos relevantes que afectan al PP y a Vox se los den a ese bulldog del PP, que con más que pruebas archivó la causa a Cospedal ¡Cuando habían hasta audios y whatsapps que la delataban, por no hablar del de M. Rajoy! Y sin embargo imputó a Podemos cuando eran las víctimas del robo del móvil a Dina, que en el cual, estaba la estrategia de Podemos para las elecciones y cuando la AN decidió que no habían pruebas los volvió a imputar para que más de un año más tarde cerrarlo por falta de pruebas. ¿Terroristas de que? ¿Quién decide que son o no terroristas? Para ello hay que acudir a la LEY y a lo que indicó el TS ¡¡Y ni de lejos se acerca a un caso de terrorismo!! y si de desórdenes públicos, que lo ha hecho porque si no es terrorismo, la AN no tiene competencias y los juzgarán en Barcelona.
Aldina Fum1. ¿Me puede indicar que LEY habla de la amnistía, salvo la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, que promulgada por UCD y ratificada por AP es decir la derecha y la ultraderecha "porque antes todas estaban dentro del PP hasta el 2014" perdonaba a TODOS los militares, torturadores y políticos con delitos de sangre ¡De sangre republicana! cuando es totalmente ILEGAL porque los delitos de lesa humanidad jamás prescriben?, pero eso ¡PRECISAMENTE ESO! a usted se le ha pasado. Yo se lo diré, es el "PROYECTO DE LEY" ¡¡No es una LEY!! y si, indica que "Quedan excluidos de la aplicación de la amnistía, los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal siempre y cuando haya recaído sentencia firme" pero usted olvida que la Fiscalía de la Audiencia Nacional, ha recurrido la imputación de García Castellón ese soldado quemado que todo el mundo ya sabe que es el brazo judicial del PP y de Vox, porque con las pruebas presentadas no queda demostrado el terrorismo. Es más acusa a GC de que adolece de competencias sobre el caso porque SOLAMENTE hay indicios de desórdenes públicos. Seguiré...
PereInvestigue Vd. el papel de Armada y de ciertos líderes de máxima categoría de aquella época. Lea las recientes declaraciones de Antonio Tejero, que ya no tiene nada que perder. Todo está escrito en internet y en blanco sobre negro, y nadie lo negó, tampoco los "verificadores" a sueldo "Newtral" o "Maldita", pero Vd. al parecer solo se informa del gorila rojo de La Secta o quizás de la trituradora-compostadora mental que es TV3.
"la propuesta delimita los delitos que serán amnistiados, y que incluyen los de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación": a ver si lo entiendo bien, puedo usurpar de funciones públicas, puedo malversar dinero público, puedo desobedecer (a las autoridades, a las leyes), puedo prevaricar, puedo hacer desórdenes públicos y no me pasa nada, para la paz de España y entre españoles?? "La ley explica que quedan excluidos de la amnistía únicamente "los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el capítulo VII del Título XXII del Código Penal siempre y cuando haya recaído sentencia firme". O sea, que las acciones VIOLENTAS de los CDR y de Tsunami Democrátic NO serán condenadas porque carecen de sentencia firme?? Su Sanchidad Pedrocho el Maquiavelo se ha lucido...
PerePREGUNTE A SUS AMOS por qué están TAN PREOCUPADOS por “ TAN POCA GENTE “
PereCómo SABE USTED LO QUE HE ESCRITO EN UN COMENTARIO BLOQUEADO?