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La Comisión de Gobierno del Ajuntament de Palma acordó que el alcalde de la ciudad, en nombre del Consistorio, requerirá al Govern para la derogación parcial del Decreto 256/99, de 24 de diciembre, concretamente de los artículos 1, 4, 5, 7, 9, el 11.2 y la Disposición final. Este requerimiento "que ahora será redactado por los servicios jurídicos municipales" está establecido como paso previo al recurso contencioso administrativo y su aplicación se recomienda «a fin de evitar el enfrentamiento institucional». El requerimiento se apoya en el informe elaborado por el Mestre del Cerimònies del Ajuntament, ratificado por el secretario general. Según su exposición, este reglamento autonómico, que entró en vigor en enero, regula además del protocolo de los actos de la Comunitat Autònoma todos aquellos organizados por los ayuntamientos, lo cual supone una invasión de las competencias municipales o, al menos, de la autonomía municipal consagrada en los artículos 137 y 140 de la Constitución.

Además, aplica el criterio de «ámbito territorial» y no el de administración que organiza el acto oficial, por lo que también puede vulnerar el artículo 2 de la ley de bases de Régimen Local. El informe municipal apunta que el decreto no sólo establece la precedencia de las autoridades autonómicas, sino que también modifica el criterio y la filosofía del Real Decreto 2099/83 en lo que se refiere a la sustitución legal, a la representación y la figura del anfitrión.

Sobre está última, la aplicación del artículo 5 del mencionado decreto supone, de hecho, su desaparición, «un supuesto que se opone a la filosofía de cualquier tratado de protocolo nacional o internacional, e incluso a mismo derecho natural, que en todos lo casos dejan a decisión del anfitrión si quiere o no ceder la presidencia», explica Pau Mateu en su informe.