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La Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears podría decidir la comparecencia este mismo mes de las partes enfrentadas por la aplicación de la medida cautelar consistente en el adelantamiento de horario musical en los bares de sa Llonja, según declararon ayer fuentes municipales.

El auto de inhibición firmado el lunes por la jueza Carmen Frigola del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma establece que la resolución del recurso es competencia del TSJB bajo el argumento de que «no se está impugnando una concesión o denegación de una licencia de actividad o amenización musical complementaria, lo que sí sería competencia de este Juzgado, sino una limitación impuesta como medida cautelar, basada y contemplada en la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente (...)».

Por lo que, añade en los fundamentos de derecho, «Si de la legislación contenciosa se desprende que si el órgano jurisdiccional competente para resolver si procede la declaración de Zona Acústicamente Contaminada y además los pronunciamientos propios de limitación horaria que establece el artículo 34.3 de la Ordenanza municipal no es este Juzgado, sino la Sala de lo Contencioso del TSJB, no parece lógico que la administración con amparo en este artículo 34.3 sea de competencia y conocimiento del Juzgado Contencioso». Por todo, la magistrada decide que «deben prosperar» las alegaciones vertidas por Cort y el Ministerio Fiscal que denunciaban la falta de competencia objetiva de este Juzgado «y, en consecuencia, procede la inhibición en el conocimiento del asunto en favor de la Sala del TSJB».