La Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Balears podría decidir la comparecencia este mismo mes
de las partes enfrentadas por la aplicación de la medida cautelar
consistente en el adelantamiento de horario musical en los bares de
sa Llonja, según declararon ayer fuentes municipales.
El auto de inhibición firmado el lunes por la jueza Carmen
Frigola del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de
Palma establece que la resolución del recurso es competencia del
TSJB bajo el argumento de que «no se está impugnando una concesión
o denegación de una licencia de actividad o amenización musical
complementaria, lo que sí sería competencia de este Juzgado, sino
una limitación impuesta como medida cautelar, basada y contemplada
en la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente
(...)».
Por lo que, añade en los fundamentos de derecho, «Si de la
legislación contenciosa se desprende que si el órgano
jurisdiccional competente para resolver si procede la declaración
de Zona Acústicamente Contaminada y además los pronunciamientos
propios de limitación horaria que establece el artículo 34.3 de la
Ordenanza municipal no es este Juzgado, sino la Sala de lo
Contencioso del TSJB, no parece lógico que la administración con
amparo en este artículo 34.3 sea de competencia y conocimiento del
Juzgado Contencioso». Por todo, la magistrada decide que «deben
prosperar» las alegaciones vertidas por Cort y el Ministerio Fiscal
que denunciaban la falta de competencia objetiva de este Juzgado
«y, en consecuencia, procede la inhibición en el conocimiento del
asunto en favor de la Sala del TSJB».
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