TW
0

La licencia de construcción de los bloques de apartamentos construidos en la urbanización Son Vida «debe ser anulada en su integridad, pese a que afecte a una parte del conjunto edificado», según señala la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJB).

Los magistrados estimaron un recurso presentado por la Asociación de Propietarios de la Urbanización Son Vida, representada por el abogado Melchor Ramis, en contra del Ajuntament de Palma y la entidad Arabella, propiedad del empresario alemán Stefan Schörghuber. El objeto del recurso era la licencia de obra a favor de la entidad Arabella otorgada el 6 de julio de 1994 por el Consell de la Gerencia de Urbanismo, así como contra la prórroga de la misma y posterior licencia de fecha 13 de marzo de 1996 de modificación del proyecto inicial en la calle Raixa de la urbanización de Son Vida de Palma.

La sentencia señala que «resulta claro que si el proyecto para tres plantas sobre rasante no se ajusta a la ordenanza de adaptación del edificio al terreno, no debería haber obtenido la licencia, o al menos, en las condiciones en que fue concedida».

«Concretamente "añaden los magistrados" al estar proyectadas y ejecutadas 3 plantas sobre rasante y permitir el Plan que se ejecuten 4 plantas, la disfunción derivada de la inadaptación de lo proyectado al terreno puede ser legalizada, a juicio del perito, computando que el edificio tiene cuatro alturas y no tres, es decir, computando el actual sótano como planta baja, lo que conlleva a declarar la anulación de la licencia concedida en su día y remitir a la propiedad para que promueva expediente de legalización».