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Destacados juristas de Balears calificaron de «muy improbable» que prospere una reforma constitucional para adaptar en ella la Ley de Consells Insular debido a que, según afirman, «una alteración de la Carta Magna necesita de mecanismos muy complejos para que prospere». Para ello, los letrados se remiten al fallo final del Tribunal Constitucional, sin tomar en consideración las reticencias formuladas en el dictamen del Consejo de Estado. Una excepción a esa confianza en la constitucionalidad de la Ley de Consells fue el ex magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), Rafael Perera, quien calificó el proyecto «de contrario a la Constitución y al propio Estatut d'Autonomia».

El artículo 167 de la Constitución española señala que «los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras». Y añade: «Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de diputados y senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado».

En el artículo 2, la Carta Magna precisa: «De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma». «Aprobada la reforma», precisa el texto, «por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras».

Ignasi Ribas, miembro de la Comisión Asesora de Derecho Civil, órgano permanente de consulta y asesoramiento del Govern, afirmó: «No he leído a fondo el dictamen del Consejo de Estado y no puedo opinar, al menos como jurista. La Constitución siempre es reformable. No creo que sea necesario modificar la Constitución para que prospere la Ley de Consells Insular. Basta que se pronuncie el Tribunal Constitucional. El propio Estatut d'Autonomia prevé que se pueden transferir toda una serie de materias. Lo único que se cuestiona es saber si puede haber consellers que no han sido elegidos democráticamente, pero es subsanable y por ello esperamos el fallo favorable del Tribunal Constitucional».