Destacados juristas de Balears calificaron de «muy improbable» que
prospere una reforma constitucional para adaptar en ella la Ley de
Consells Insular debido a que, según afirman, «una alteración de la
Carta Magna necesita de mecanismos muy complejos para que
prospere». Para ello, los letrados se remiten al fallo final del
Tribunal Constitucional, sin tomar en consideración las reticencias
formuladas en el dictamen del Consejo de Estado. Una excepción a
esa confianza en la constitucionalidad de la Ley de Consells fue el
ex magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB),
Rafael Perera, quien calificó el proyecto «de contrario a la
Constitución y al propio Estatut d'Autonomia».
El artículo 167 de la Constitución española señala que «los
proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una
mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras». Y añade: «Si
no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la
creación de una Comisión de composición paritaria de diputados y
senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso
y el Senado».
En el artículo 2, la Carta Magna precisa: «De no lograrse la
aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y
siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la
mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios
podrá aprobar la reforma». «Aprobada la reforma», precisa el texto,
«por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su
ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días
siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de
cualquiera de las Cámaras».
Ignasi Ribas, miembro de la Comisión Asesora de Derecho Civil,
órgano permanente de consulta y asesoramiento del Govern, afirmó:
«No he leído a fondo el dictamen del Consejo de Estado y no puedo
opinar, al menos como jurista. La Constitución siempre es
reformable. No creo que sea necesario modificar la Constitución
para que prospere la Ley de Consells Insular. Basta que se
pronuncie el Tribunal Constitucional. El propio Estatut d'Autonomia
prevé que se pueden transferir toda una serie de materias. Lo único
que se cuestiona es saber si puede haber consellers que no han sido
elegidos democráticamente, pero es subsanable y por ello esperamos
el fallo favorable del Tribunal Constitucional».
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