TW
0

La Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) desestimó un recurso presentado por el Consejo General del Colegio Oficial de Diplomados de Enfermería de España en contra de la publicación por parte de la Universitat de les Illes Balears (UIB) del plan de estudios que dan acceso al título de diplomado en Enfermería. El recurrente señalaba en su escrito que la UIB había cometido varias «irregularidades» al dar luz verde a ese plan de estudios, como «el incumplimiento de la Directiva de la Unión Europea sobre disposiciones legales, infracción del apartado tercero de la segunda directriz del Real Decreto 1.466/1990 de 26 de octube, infracción de las previsiones sobre la carga lectiva normal, y la no adecuación de los planes de estudio por parte de la UIB».

Los magistrados del TSJB citan diversa jurisprudencia para desestimar el recurso, entre ellas, una sentencia de la sección tercera del Tribunal Supremo. «Obviamente», señala el tribunal, «es de plena aplicación la doctrina del Tribunal Supremo y, por tanto, como resulta que no ha habido ninguna variación en los planteamientos de las partes, y las causas de inadmisibilidad planteadas por la defensa de la Universidad, al responder a la demanda, vienen amparadas en puros formalismos, respecto a las asignaturas de acuerdo por parte de la vicepresidencia y vicesecretaría, el otorgamiento del poder notarial y el número de miembros que tomaron la decisión de recurrir, causas que la Sala no toma en consideración y por ello llega a la conclusión de desestimar el recurso administrativo».

La Sala también desestimó las causas de inadmisibilidad planteadas por la defensa de la demandada y también, la cuestión prejudicial que solicitaba la defensa de la parte actora. Contra la sentencia no cabe recurso alguno.