La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado a la Sala Segunda
del alto tribunal la inadmisión de la querella presentada por el
PSIB-PSOE y Esquerra Unida (EU) contra el ministro de Medio
Ambiente, Jaume Matas, la diputada nacional del PP, Rosa Estaràs, y
otras doce personas más, al considerar que se basa en
«especulaciones», y que no existen indicios de los delitos
electorales, de malversación de caudales públicos, falsedad
documental o asociación ilícita, imputados por los querellantes.
El escrito del fiscal mereció amplios comentarios por parte de
las partes personadas en la causa que se tramita en el TSJB. Para
la acusación particular «el fiscal ha sido poco riguroso al
confundir al procurador, una mujer en Eivissa y un hombre en
Madrid», al tiempo que enumera «varios olvidos» en que a juicio de
esa parte ha incurrido el Ministerio Público. Uno de los abogados
de la defensa, Rafael Perera, en cambio, consideró «ajustado a
Derecho» el escrito del fiscal y reiteró que para él no ha supuesto
«sorpresa alguna» su decisión.
En un escrito de cuatro páginas firmado por el teniente fiscal
del Supremo, José María Luzón, el Ministerio Público afirma que la
posible utilización de viajes institucionales destinados a la
promoción cultural y comercial de Balears en Argentina y Uruguay,
para hacer propaganda partidista del PP, «podrá considerarse
estética e incluso éticamente reprochable, pero en modo alguno
puede constituir ni un delito electoral ni un delito de
malversación».
Para la Fiscalía, «la posible utilización de viajes
institucionales» de promoción de las Balears en las casas
regionales en Argentina y Uruguay, «y atracción del voto
institucional de los emigrantes, facilitando su inclusión en el
censo de electores residentes ausentes, para realizar al mismo
tiempo propaganda partidista, podrá considerarse estética e incluso
éticamente reprochable».
Sin embargo, añade Luzón, «en modo alguno puede constituir ni un
delito electoral ni un delito de malversación, al no acreditarse
que tal actividad de captación de votantes supusiera un gasto
adicional». La Fiscalía añade que, aunque llegara a determinarse
que Matas y Estaràs sugirieron esa actividad de propaganda "lo que
no sería delito", en ningún caso puede suponerse que ambos «hayan
participado de alguna manera» en las anomalías o irregularidades
que se investigan en el censo de Formentera. Tras el informe de la
Fiscalía, que no es vinculante, ahora será la Sala de lo Penal del
Supremo la que tome la decisión final sobre la admisión o no de la
querella. Los magistrados que forman la Sala son Luis Román Puerta,
Enrique Bacigalupo y José Ramón Soriano, este último como
ponente.
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