TW
0

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado a la Sala Segunda del alto tribunal la inadmisión de la querella presentada por el PSIB-PSOE y Esquerra Unida (EU) contra el ministro de Medio Ambiente, Jaume Matas, la diputada nacional del PP, Rosa Estaràs, y otras doce personas más, al considerar que se basa en «especulaciones», y que no existen indicios de los delitos electorales, de malversación de caudales públicos, falsedad documental o asociación ilícita, imputados por los querellantes.

El escrito del fiscal mereció amplios comentarios por parte de las partes personadas en la causa que se tramita en el TSJB. Para la acusación particular «el fiscal ha sido poco riguroso al confundir al procurador, una mujer en Eivissa y un hombre en Madrid», al tiempo que enumera «varios olvidos» en que a juicio de esa parte ha incurrido el Ministerio Público. Uno de los abogados de la defensa, Rafael Perera, en cambio, consideró «ajustado a Derecho» el escrito del fiscal y reiteró que para él no ha supuesto «sorpresa alguna» su decisión.

En un escrito de cuatro páginas firmado por el teniente fiscal del Supremo, José María Luzón, el Ministerio Público afirma que la posible utilización de viajes institucionales destinados a la promoción cultural y comercial de Balears en Argentina y Uruguay, para hacer propaganda partidista del PP, «podrá considerarse estética e incluso éticamente reprochable, pero en modo alguno puede constituir ni un delito electoral ni un delito de malversación».

Para la Fiscalía, «la posible utilización de viajes institucionales» de promoción de las Balears en las casas regionales en Argentina y Uruguay, «y atracción del voto institucional de los emigrantes, facilitando su inclusión en el censo de electores residentes ausentes, para realizar al mismo tiempo propaganda partidista, podrá considerarse estética e incluso éticamente reprochable».

Sin embargo, añade Luzón, «en modo alguno puede constituir ni un delito electoral ni un delito de malversación, al no acreditarse que tal actividad de captación de votantes supusiera un gasto adicional». La Fiscalía añade que, aunque llegara a determinarse que Matas y Estaràs sugirieron esa actividad de propaganda "lo que no sería delito", en ningún caso puede suponerse que ambos «hayan participado de alguna manera» en las anomalías o irregularidades que se investigan en el censo de Formentera. Tras el informe de la Fiscalía, que no es vinculante, ahora será la Sala de lo Penal del Supremo la que tome la decisión final sobre la admisión o no de la querella. Los magistrados que forman la Sala son Luis Román Puerta, Enrique Bacigalupo y José Ramón Soriano, este último como ponente.