En el pleno que se celebra mañana en el Ajuntament de Palma se
aprobará, de manera inicial, la ordenanza de regulación de horarios
de apertura al público, de condiciones de los locales, de
emplazamiento, y de instalación de los establecimientos de las
ofertas de entretenimiento y restauración de concurrencia pública.
Una vez concluidos todos los trámites se espera que la nueva
ordenanza entre en vigor a mediados del próximo mes de julio. A
partir de ahora Cort diferenciará entre establecimientos «sin
música» y «con música», y éstos últimos se dividirán, a su vez, en
dos grupos: salas de fiestas y discotecas, por una parte, y bares
con música y cafés concierto, por otra.
Hasta ahora sólo se exigía que entre la hora de cierre y
apertura de un local hubiese un periodo de dos horas. Cabe
recordar, en este sentido, los problemas de ruidos causados por
algunos locales after hours. En cambio, a partir de julio todos los
locales tendrán ya un horario delimitado de apertura, como ya
existe uno de cierre. En cuanto a la insonorización, se exigirá a
los bares con música que, por ejemplo, dispongan de un vestíbulo
más grande o dejen una mayor distancia entre las dos puertas de
acceso al local. Otra medida impedirá la acumulación de locales de
ocio, como ocurría hasta ahora, estableciéndose una distancia
mínima de entre 125 metros y 225 metros entre el establecimiento ya
existente y el que se vaya a instalar. «El simple hecho de la
concentración de locales ya provoca ruidos», destacó el gerente del
Àrea de Urbanisme, Carlos Rullán, quien indicó que Cort pondrá en
marcha una oficina integrada de denuncias, que tramitará los
expedientes en su totalidad.
Por lo que respecta a los nuevos horarios de apertura y cierre,
por primera vez habrá unos de verano, del 15 de mayo al 15 de
octubre, y otros de invierno, más restrictivos (ver gráfico). Por
ejemplo, en verano los locales sin música abrirán a las 05.30 horas
y cerrarán a las 02.30 horas en días laborables y a las 03.00 horas
en días festivos. También en verano, las discotecas y bares con
música abrirán a las 16.00 horas y cerrarán a las 05.15 horas y a
las 03.00, respectivamente, en días laborables, y media hora más
tarde en días festivos. Hasta ahora, los bares y restaurantes
cerraban a las 04.00 horas y las discotecas a las 06.00 horas.
A los locales con música ya existentes que necesiten adecuar sus
instalaciones se les dará un plazo para hacerlo. Si, por razones de
estructura del local, no puede hacerse la reforma, el horario de
apertura será a las 16.00 horas y el de cierre a las 02.30 horas.
Por lo que respecta a las medidas cautelares, cabe destacar que por
primera vez podrá cerrarse un local "por un periodo no inferior a
dos días ni superior a quince" por una simple falta leve tras
haberse abierto el pertinente expediente. Hasta ahora, en las
faltas leves sólo se imponía una multa. La falta grave supondrá el
cierre por un periodo mínimo de siete días y la falta muy grave por
un periodo mínimo de un mes. En cuanto a las sanciones tras una
infracción, cabe destacar que por una infracción leve el afectado
pagará una multa de entre 150 y 300 euros, y su local será cerrado
por un periodo de entre tres días y un mes. Por una infracción
grave pagará entre 300 y 1.200 euros, y su local será cerrado por
un mínimo de catorce días. Por una infracción muy grave pagará
entre 1.200 y 1.800 euros, y su local será cerrado por un mínimo de
tres meses. En caso de reincidencia se agravarían las
sanciones.
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