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El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha desestimado el recurso presentado por siete entidades -Bingo Palma SA, Entidades Recreativas Palma SA, Explotadora de Juego de Azar SA, Trocadesa SA, Discomatic SA, Amipal SA y Bingos Mallorquines- en contra del Real Decreto 16/1997, «que no ha sido validado», según los recurrentes. El TSJB rechazó todos y cada uno de los argumentos jurídicos esgrimidos por las empresas, quienes exigían al Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Balears la devolución de 80.851 euros en concepto de ingresos indebidos.

Los recurrentes insistían en que la tasa fiscal sobre el juego «vulnera el principio de reserva de Ley en materia tributaria» y que la tasa fiscal sobre el juego «es incompatible con el IVA». En el caso del juego del bingo, «se produce una desigualdad en relación a los casinos y máquinas recreativas que no es razonable y vulnera el artículo 31.1 de la Constitución en la relación con el artículo 14 de la misma», afirman. Por ello, insistían en la necesidad que se declara nula las resoluciones recurridas y de las liquidaciones practicadas.

Los magistrados del TSJB en su sentencia señalan en cuanto a la compatibilidad de la tasa fiscal sobre el juego con el IVA, «la tesis de las entidades recurrentes se ciñe a que si bien el Tribunal Supremo, mediantes sentencia dictada en recurso de casación para unificación de doctrina, ha declarado la compatibilidad, la misma sólo alcanza lo que se enjuiciaba, estos es, las máquinas recreativas y de azar».

Y añaden: «Sin embargo, la doctrina del Tribunal Supremo, pese a lo que sin carga argumental alguna sostienen los recurrentes, se extiende con naturalidad al presente caso ya que la cuestión a dilucidar entonces no era sino la compatibilidad de dos impuestos, y, deducida ésta del análisis de sus fundamentos y de su naturaleza, su aplicación al caso de los bingos no ofrece duda alguna».