La concesión del tercer grado penitenciario "por el que sólo tendrá que ir a dormir a la cárcel" a un etarra con seis asesinatos a sus espaldas ha provocado estupor en la opinión pública. Si bien la decisión de conceder beneficios de este tipo a un recluso corresponde a un juez y en principio no hay por qué dudar de la profesionalidad y pulcritud con la que estas decisiones se toman (al parecer con la opinión en contra de la Fiscalía y de la Administración penitenciaria), resulta sorprendente "por no decir indignante" que un individuo condenado a trescientos años de prisión pasee a estas horas tranquilamente por su pueblo.
Si en su día se creó la Audiencia Nacional precisamente para contar con unos tribunales «alejados» del problema "terrorismo, narcotráfico, crimen organizado y delitos económicos, en los que la presión sobre la Justicia es enorme", la idea del Gobierno de crear igualmente un juzgado de vigilancia penitenciaria adscrito a la Audiencia podría considerarse positiva.
Es un asunto "el de los beneficios penitenciarios" que atañe no sólo a los delitos de terrorismo o narcotráfico, sino también a algunos casos especialmente llamativos, que crean alarma social, como suele ocurrir con los crímenes en serie, las violaciones o la violencia contra mujeres y niños y, aunque en estos casos no sea necesario crear un organismo central, sí parece lógico plantear la necesidad de una vigilancia más escrupulosa para los reos que, por mor de la legislación, a veces consiguen gozar de privilegios que resultan incomprensibles e injustificados para la mayoría.
De cualquier forma, es una decisión que no puede ni debe adoptarse de forma precipitada y por la vía de urgencia a consecuencia de un hecho puntual que puede ser recurrido. El consenso, como siempre, debe imponerse para que la medida constituya una herramienta más de la democracia en la lucha contra el terrorismo.
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