El Consell de Mallorca invadió la pasada legislatura las
competencias de Cort durante la revisión del Plan General de
Ordenación Urbana (PGOU) de Palma. Así lo asegura una sentencia de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia (TSJB) al dar la razón a los propietarios de unos terrenos
en la zona de Son Puigdorfila, junto a la Vía de Cintura. La
sentencia señala que esta zona debe ser calificada como suelo
urbanizable y no como suelo rústico, tal y como recogió el
Ajuntament de Palma por exigencia del Consell.
En la sentencia se asegura que, desde el año 1992, el PGOU de
Palma incluía los terrenos de Son Puigdorfila como zona urbanizable
no programada. Sin embargo, añade que en la última reunión
celebrada por la Comissió Insular d'Urbanisme del Consell para
abordar la revisión del PGOU de Palma, celebrada el 18 de diciembre
de 1998, en una intervención de Francesc Triay, entonces
vicepresident del Consell en representación del PSOE, se propuso
que los terrenos pasaran a ser suelo rústico.
La sentencia recoge el acta de la sesión de la Comissió y señala
que el asesor jurídico advirtió a los responsables políticos de que
la clasificación de suelo urbanizable es uno de los puntos
fundamentales del planeamiento «y ha de ser el Ajuntament quien
decida cuáles deben eliminarse». «La invasión de competencias
municipales se ha de entender producida cuando la Comisión Insular,
en lugar de remitir de nuevo la documentación al Ayuntamiento para
que determinara qué concretos sectores urbanos o urbanizables
debían suprimirse, optó por indicar nominalmente aquellos que, a
juicio de la Comisión Insular, debían desclasificarse», señalan los
magistrados en su sentencia.
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