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Todas las viviendas de nueva construcción deben incorporar más potencia y más circuitos eléctricos en cumplimiento del nuevo Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, en vigor en todo el Estado desde el 18 de septiembre.

El reglamento actualiza la normativa, teniendo en cuenta que en los últimos años se han incorporado, hasta convertirse en habituales, aparatos como ordenadores, aires acondicionados, cocinas vitrocerámicas, conservadoras, secadoras u hornos eléctricos.

En realidad, el reglamento obliga a la instalación de una mayor potencia eléctrica en todo tipo de actividades, como por ejemplo la industria y los servicios, pero será en la vivienda donde más se notarán los cambios.

Asimismo, los instaladores deberán ofrecer al propietario una memoria técnica del equipamiento eléctrico de la vivienda, incluyendo trazados de circuitos, medidas de seguirdad e instrucciones de mantenimiento para garantizar una vida más larga a toda la instalación. El instalador también debe tener en cuenta factores y condiciones externas al diseño: humedad y temperatura habituales en la casa, presencia de niños, combustibilidad, intensidad de consumo, etc.

El decano del Col·legi Oficial d'Enginyers Industrials de Balears, Salvador Fonollà, explica que «concretamente, todas las viviendas deberán disponer de al menos cinco circuitos eléctricos, cuando el mínimo hasta ahora era de sólo tres. No puede haber diferencia de potencia entre enchufes y éstos deben aguantar hasta 3.680 vatios. Por una cuestión de seguiridad, por cada cinco circuitos eléctricos es obligatoria la instalación de un diferencial, siempre de alta sensibilidad, de tal manera que seis circuitos exigen un segundo diferencial. Así, una avería no deja sin electricidad a toda la casa, sino sólo a la parte del diferencial afectado. Hasta el momento, era suficiente con un diferencial para toda la casa, fuera cual fuera su instalación, y éste podía ser de baja intensidad».

En cuanto a los profesionales técnicos, Fonollà indica que «los instaladores se dividirán en dos categorías: una para lo que es la instalación habitual de viviendas 'normales' y otra para diseños mayores: viviendas de gran superfice, infraestructuras urbanas e industrias y comercios de grandes dimensiones. Estas categorías serán otorgadas por cada comunidad autónoma a través de las direcciones de Industria, pero serán válidas en el resto».

Otra obligación para los propietarios de viviendas nuevas será la de añadir al interruptor general un limitador de potencia, cuando lo habitual es contar sólo con el primero. El limitador evita consumos mayores a los contratados con las compañías.