Todas las viviendas de nueva construcción deben incorporar más
potencia y más circuitos eléctricos en cumplimiento del nuevo
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, en vigor en todo el
Estado desde el 18 de septiembre.
El reglamento actualiza la normativa, teniendo en cuenta que en los
últimos años se han incorporado, hasta convertirse en habituales,
aparatos como ordenadores, aires acondicionados, cocinas
vitrocerámicas, conservadoras, secadoras u hornos eléctricos.
En realidad, el reglamento obliga a la instalación de una mayor
potencia eléctrica en todo tipo de actividades, como por ejemplo la
industria y los servicios, pero será en la vivienda donde más se
notarán los cambios.
Asimismo, los instaladores deberán ofrecer al propietario una
memoria técnica del equipamiento eléctrico de la vivienda,
incluyendo trazados de circuitos, medidas de seguirdad e
instrucciones de mantenimiento para garantizar una vida más larga a
toda la instalación. El instalador también debe tener en cuenta
factores y condiciones externas al diseño: humedad y temperatura
habituales en la casa, presencia de niños, combustibilidad,
intensidad de consumo, etc.
El decano del Col·legi Oficial d'Enginyers Industrials de
Balears, Salvador Fonollà, explica que «concretamente, todas las
viviendas deberán disponer de al menos cinco circuitos eléctricos,
cuando el mínimo hasta ahora era de sólo tres. No puede haber
diferencia de potencia entre enchufes y éstos deben aguantar hasta
3.680 vatios. Por una cuestión de seguiridad, por cada cinco
circuitos eléctricos es obligatoria la instalación de un
diferencial, siempre de alta sensibilidad, de tal manera que seis
circuitos exigen un segundo diferencial. Así, una avería no deja
sin electricidad a toda la casa, sino sólo a la parte del
diferencial afectado. Hasta el momento, era suficiente con un
diferencial para toda la casa, fuera cual fuera su instalación, y
éste podía ser de baja intensidad».
En cuanto a los profesionales técnicos, Fonollà indica que «los
instaladores se dividirán en dos categorías: una para lo que es la
instalación habitual de viviendas 'normales' y otra para diseños
mayores: viviendas de gran superfice, infraestructuras urbanas e
industrias y comercios de grandes dimensiones. Estas categorías
serán otorgadas por cada comunidad autónoma a través de las
direcciones de Industria, pero serán válidas en el resto».
Otra obligación para los propietarios de viviendas nuevas será
la de añadir al interruptor general un limitador de potencia,
cuando lo habitual es contar sólo con el primero. El limitador
evita consumos mayores a los contratados con las compañías.
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