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A raíz de las informaciones aparecidas en prensa, de las críticas realizadas por los partidos de la oposición y de la denuncia presentada por CC OO, el Servei de Recursos Humans del Ajuntament de Palma realizó el pasado 8 de marzo un informe sobre la «situación de los servicios extraordinarios» en Cort, en el que se concluye que se ha actuado de manera correcta. En su introducción, el informe señala que en la Administración pública no existe el concepto retributivo «horas extraordinarias», sino el concepto «gratificaciones extraordinarias», y añade que se trata de «conceptos diferentes regulados por marcos jurídicos también diferentes». «En materia de retribuciones, a los funcionarios en general les es de aplicación una legislación diferente a la que rige para los trabajadores por cuenta ajena», prosigue el documento.

El límite para un trabajador por cuenta ajena, según recoge el Estatuto de los Trabajadores, es de 80 «horas extraordinarias» anuales. La regulación de las «gratificaciones extraordinarias» de los funcionarios viene fijada, en cambio, por el Real Decreto 861/86 de 25 de abril y su límite se establece en el artículo 7.2, que en su apartado «c» dice: «No podrán superar el 10 por cien de la cantidad que resulte de restar a la masa retributiva global presupuestada para cada ejercicio económico, la suma de las cantidades que al personal funcionario correspondan por los conceptos de retribuciones básicas, ayuda familiar y complemento de destino». El citado informe destaca que «si la Administración local precisa que en determinados departamentos se preste un número elevado de servicios extraordinarios, siempre que se haya hecho su previsión en el presupuesto económico y no se supere el porcentaje establecido de la masa retributiva global, podría autorizar su realización».

El documento, matiza, no obstante, que «los servicios extraordinarios deberían ser efectivamente, como su nombre indica, extraordinarios y no convertirse en un tipo de servicio habitual y ordinario». Además, reconoce que «este tipo de servicio se ha disparado en los últimos años para poder dar respuesta a las demandas de la ciudadanía». La posibilidad de aumentar el número de funcionarios queda descartada «en virtud de lo dispuesto por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de los últimos cinco años». Por ello, «la Corporación ha visto cada vez más limitada la posibilidad de incrementar al personal funcionario para llevar a cabo esos servicios demandados».