La Sección Cuarta de la Audiencia de Palma ha dado firmeza a un pacto de separación suscrito en la ciudad alemana de Essen en 1978. La sentencia obliga a Hans Jürgen Gwiasda al pago de 143.250 marcos a su cónyuge, Heidemarie Gwiasda. El ciudadano germano, radicado en Mallorca, al igual que su ex mujer, alegó en la vista que no estaba obligado a cumplir el pacto contractual de separación firmado con su mujer, ya que a su juicio debe prevalecer un convenio entre el Reino de España y la República Federal de Alemania de 14 de noviembre de 1983 sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones y transacciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil. Ello exigiría el procedimiento «exequatur» regulado en los artículos 951 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que se considera aplicable al caso por razón de la fecha de formalización del documento ejecutado.
La Audiencia de Palma da validez a un divorcio pactado en Alemania
El marido se negaba a pagar la pensión a su ex mujer porque la separación se formalizó en Essen
29/03/04 0:00
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