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La Sección Tercera de la Audiencia de Palma ha confirmado una sentencia dictada por el titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 en la que condenaba a las empresas C.B. M. Comercial Balear de Multipropiedad SA, European Collections y Service SL, Noarre SL y Amapola Holiday Marketing SL, ésta última en situación procesal de rebeldía, a indemnizar con 5.504 euros a Heike y D. Dieter Küssner por imponer «cláusulas abusivas» en un contrato de aprovechamiento por turnos de pisos situados en complejos turísticos de Balears (time-sharing).

El tribunal presidido por el magistrado Carlos Gómez ha dictado una sentencia en términos muy duros hacia la actividad desplegada por esas empresas. «No existe ninguna duda», recoge la sentencia, «que el contrato de autos, tal como se dice en la sentencia apelada, vulnera el justo equilibrio de las prestaciones, contiene cláusulas abusivas e infringe la obligación de dar información detallada». Entre las cláusulas abusivas, los magistrados recuerdan la imposición de afiliación a la Bolsa de intercambios RCI, con un interés de demora del 18% para el caso de incumplimiento.

Heike y D. Dieter Küssner suscribieron un contrato de compraventa para adquirir en 1997 el derecho a disfrutar una semana de vacaciones al año en un apartamento situado en una zona vacacional de Mallorca. La Audiencia, asimismo, condenó en costas a las empresas apelantes.