El Consell de Mallorca ha introducido una serie de modificaciones
en el Plan Territorial que afectan de forma directa a la regulación
del suelo rústico, donde se rebaja la protección de algunas zonas.
El caso más elocuente es el de la definición de Àreas de Interés
Agraria (AIA), donde la parcela mínima para poder edificar una
vivienda unifamiliar baja de los 28.000 metros cuadrados a 14.000,
con lo cual quedará equiparado a suelo rústico común a efectos de
edificación.
Además de la reducción de la parcela mínima para edificar en zonas
de suelo rústico, otra de las modificaciones sustanciales se dan en
la regulación que afecta a las explotaciones agrícolas. El Consell
ha decidido aceptar buena parte de las alegaciones presentadas por
la organización Asaja.
En cualquier caso, el Plan mantiene la imposibilidad de edificar
una vivienda unifamiliar en las áreas que tienen la máxima
protección natural, como las Àreas Naturales de Especial Interés,
Àreas de Alto Nivel de Protección y Àreas Rurales de Interés
Paijístico Boscoso. Por otra parte, se necesitarán 50.000 metros
para edificar una vivienda en Suelo Rústico Forestal y en Àreas
Rurales de Interés Paisajístico.
El Plan Territorial permitirá a partir de ahora los usos
agrarios en edificios ya existentes. Es decir, hasta ahora estaban
prohibidas las industrias de transformación en las zonas de máxima
protección; la versión definitiva del Plan Territorial autoriza que
estas industrias se desarrollen en edificios ya existentes. Los
propietarios de las industrias de transformación podrán vender sus
productos en las propias instalaciones, según la nueva regulación
del plan. En las zonas que no gocen de la máxima protección, las
instalaciones agropecuarias podrán ampliarse un 20 por ciento y de
forma discontinua.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.