La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha rechazado «por ilícita» una prueba presentada en un pleito por la empresa en contra de la directora de un hotel de Calvià, y anuló el despido de ésta, a pesar de que quedó demostrado que accedía a páginas web «porno» desde el ordenador de su oficina. La sentencia, que confirma otra en igual sentido dictada por un juez de lo Social, considera que «se ha violado el derecho de la intimidad personal» de la trabajadora, lo que constituye «un medio ilícito de obtención de prueba». La resolución señala: «Cuestión aparte es la imputación que contra la misma se realiza en cuanto al uso indebido del ordenador de la empresa para el uso de la actor (la directora del hotel), debiéndose poner de relieve que se hace una imputación genérica de uso abusivo de páginas lúdicas y pornográficas, sin especificar que días tuvieron lugar, tiempo empleado, etc, que permita determinar que dicho uso se convierta en un abuso de la utilización de medios informáticos de la empresa durante parte de la jornada de trabajo».
EL TSJB rechaza que acceder a una página web porno en el trabajo justifique el despido
Una sentencia invalida por «ilícita» la obtención de la prueba
29/12/04 0:00
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