El Plan Territorial ya está en los tribunales. El documento que
ordena el urbanismo en Mallorca hasta el año 2015 ya ha recibido
tres recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears. Los
tres recursos contrarios al Plan han sido presentados por los
monjes de La Real, la Congregación de los Sagrados Corazones, por
la asociación de vecinos de la zona y por un empresario a título
individual, afectado por una de las disposiciones del plan. Se
trata de tres recursos contencioso - administrativos que obedecen a
razones diferentes, si bien los dos primeros están relacionados ya
que consideran que el plan no garantiza la preservación del
patrimonio histórico de Mallorca y, en este caso, el del Monestir
de La Real. En el recurso se asegura que el plan permite la
construcción y transformación de terrenos que deben estar
protegidos desde el punto de vista patrimonial. Los responsables de
la presentación del recurso consideran que, a pesar de las
declaraciones realizadas por los representantes del Consell sobre
la protección patrimonial del plan, en realidad no existe tal
protección.
En otro de los recursos presentados, el que corresponde al
empresario afectado, se cuestiona la exclusión de algunos terrenos
de una calificación urbanística que les permita ser urbanizados. En
paralelo, el recurso considera que están fuera de lugar alguna de
las recalificaciones que sí permitirán la urbanización de terrenos
que hasta ahora eran rústicos. Estas dudas se plantean de forma
específica en el caso de algunas de las Àreas de Reconversión
Territorial. Según el recurso, debido a estas decisiones, el plan
adolece de articulación y congruencia. En los escritos dirigidos al
Tribunal Superior de Justicia de Balears se señala, además, que el
texto aprobado por el Consell de Mallorca no cumple la ley en los
aspectos referidos a los que debe ser la ordenación del territorio.
Asegura que, en muchas materias, en lugar de ordenar el territorio,
lo que hace es incluir disposiciones que son puramente
urbanísticas.
Por último, en los recursos se indica el posible incumplimiento
de la normativa de la Unión Europea en materia medioambiental que,
en teoría, es de obligado cumplimiento. En concreto, los recursos
alertan de que no se ha estudiado la incidencia que tendrán las
disposiciones del plan en las zonas catalogadas como Zona de
Especial Protección de las Aves (ZEPA) o con la categoría de
Lugares de Interés Comunitario (LIC). Los escritos presentados ante
el Tribunal señalan que el texto debería tener una previsión se
futuro de estas posibles afectaciones a zonas protegidas.
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