Los monjes de La Real y los vecinos de la zona, en contra del plan porque no respeta el patrimonio.

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El Plan Territorial ya está en los tribunales. El documento que ordena el urbanismo en Mallorca hasta el año 2015 ya ha recibido tres recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears. Los tres recursos contrarios al Plan han sido presentados por los monjes de La Real, la Congregación de los Sagrados Corazones, por la asociación de vecinos de la zona y por un empresario a título individual, afectado por una de las disposiciones del plan. Se trata de tres recursos contencioso - administrativos que obedecen a razones diferentes, si bien los dos primeros están relacionados ya que consideran que el plan no garantiza la preservación del patrimonio histórico de Mallorca y, en este caso, el del Monestir de La Real. En el recurso se asegura que el plan permite la construcción y transformación de terrenos que deben estar protegidos desde el punto de vista patrimonial. Los responsables de la presentación del recurso consideran que, a pesar de las declaraciones realizadas por los representantes del Consell sobre la protección patrimonial del plan, en realidad no existe tal protección.

En otro de los recursos presentados, el que corresponde al empresario afectado, se cuestiona la exclusión de algunos terrenos de una calificación urbanística que les permita ser urbanizados. En paralelo, el recurso considera que están fuera de lugar alguna de las recalificaciones que sí permitirán la urbanización de terrenos que hasta ahora eran rústicos. Estas dudas se plantean de forma específica en el caso de algunas de las Àreas de Reconversión Territorial. Según el recurso, debido a estas decisiones, el plan adolece de articulación y congruencia. En los escritos dirigidos al Tribunal Superior de Justicia de Balears se señala, además, que el texto aprobado por el Consell de Mallorca no cumple la ley en los aspectos referidos a los que debe ser la ordenación del territorio. Asegura que, en muchas materias, en lugar de ordenar el territorio, lo que hace es incluir disposiciones que son puramente urbanísticas.

Por último, en los recursos se indica el posible incumplimiento de la normativa de la Unión Europea en materia medioambiental que, en teoría, es de obligado cumplimiento. En concreto, los recursos alertan de que no se ha estudiado la incidencia que tendrán las disposiciones del plan en las zonas catalogadas como Zona de Especial Protección de las Aves (ZEPA) o con la categoría de Lugares de Interés Comunitario (LIC). Los escritos presentados ante el Tribunal señalan que el texto debería tener una previsión se futuro de estas posibles afectaciones a zonas protegidas.