La existencia de una diferencia de edad de más de 40 años entre adoptante y adoptado ya no será impedimento para la adopción de un menor y desde ahora prevalecerá el criterio técnico. La eliminación de este requisito es la principal novedad del borrador redactado por el Govern balear para la modificación del Decreto 45/2003, de 2 de mayo, por el que se regulan los acogimientos familiares y las adopciones. El borrador está, desde hace un par de semanas, en fase de información pública, para la presentación de alegaciones, y podría entrar en vigor a finales de marzo. Según explicó el director del Àrea de protección del menor y atención a la familia de s'Institut, Antonio Calvo, este nuevo texto recoge las aportaciones o propuestas del propio Institut de Serveis Socials i Esportius que preside Antoni Serra, organismo encargado de ejecutar en Mallorca la legislación que aprueba el Ejecutivo, de los Consells de Menorca y Eivissa o de la Associació Illes Balears d'Adopcions (AIBA).
Más aún, reconoció que con la actual legislación en la mano «se da la paradoja de que una persona adopta, por ejemplo, a los 42 años un niño de 2 o 3 años, y que a los 44 decide adoptar a otro menor y se lo tienen que dar de, al menos, 4 años, con lo que su segundo hijo es mayor o como mucho igual que el primero, lo cual es un absurdo». Así, al no existir el criterio de la edad, serán los equipos técnicos competentes de s'Institut o de los Consells de Menorca y Eivissa-Formentera los que determinarán la conveniencia de la adopción a pesar de que la diferencia de edad entre el niño y el adulto sea de más de 40 años. «Prevalecerá el criterio técnico, en función de la situación actual y futura de la familia o de la persona que desea adoptar, siempre partiendo de la base de que el derecho preferente es el del niño a tener una familia», aseveró Calvo.El Govern permitirá adoptar sin límite de diferencia de edad entre menor y adoptante
Actualmente no puede haber más de 40 años de separación entre el niño/a y sus nuevos padres
17/02/05 0:00
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