TW
0

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado en todos sus extremos la millonaria sanción, de 600.000 euros, (cien millones de las antiguas pesetas pesetas) impuesta por el Govern a la Compañía de Gas y Electricidad SA (GESA) por el apagón registrado en junio de 2000 en Mallorca y Menorca. El Ejecutivo, entonces presidido por el socialista Francesc Antich, decidió multar a GESA tras abrirle un expediente informativo, en el cual se llegó a la conclusión de que el «cero eléctrico» del sistema había sido responsabilidad única de la compañía por el mal estado de conservación de sus instalaciones. El apagón se prolongó durante ocho días de forma intermitente (entre el 15 y el 27 de junio de 2000) y afectó a 1'6 millones de usuarios de GESA en Mallorca y Menorca, entre residentes y turistas, según el informe elaborado por la Direcció General d'Industria.

Tras citar abundante jurisprudencia, con sentencias emanadas del Tribunal Supremo, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJB, concluye que «es claro que los hechos denunciados produjeron gravísimos daños en los bienes de la población de las islas afectadas, siendo determinantes, en este punto, tanto la relación de clientes afectados como la lista de reclamaciones efectuadas por clientes de la compañía suministradora, obrantes dichos documentos en el ramo de prueba de la parte demandada». Y añade: «También lo son las copias de recortes de prensa adjuntas a la contestación a la demanda. De todo ello se deduce que los cortes del suminustro eléctrico de la segunda quincena de junio de 2000 pusieron en peligro la economía y el comercio de la población de las islas afectadas, causando un grave daño a los mismos, además de incontables perjuicios, molestias e inconvenientes a toda la población».

Según refleja la sentencia, la causa del incidente fue la rotura mecánica de una borna de aluminio, de 4 centímetros de diámetro, del transformador de intensidad de la línea Llubí-Son Orlandis 220 kilovatios de la subestación de Llubí, que provocó el desprendimiento de un tramo de barra que causó su rotura; así como una pequeña explosión en el mismo, debido a los gases, y un cortocircuito monofásico. El Tribunal afirma, por otro lado, que «no puede convertirse en excusa absolutoria para la empresa la constancia pública de que el centro de San Joan de Déu presentaba deficiencias conocidas por la Administración». También considera que es «sobre la compañía suministradora sobre quien recae la obligación de estructurar un sistema eléctrico con capacidad suficiente para cubrir las peticiones de consumo de la población, ofreciendo incluso un servicio redundante para la previsión de posibles averías e incidencias». La sentencia todavía no es firme, ya que GESA puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.