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Los planes de pensiones y la adquisición de la vivienda son las inversiones que mayores reducciones o deducciones generan en la tributación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, aunque no las únicas, cuya optimización debe realizarse antes de que finalice el periodo impositivo, el próximo 31 de diciembre.

Planes de pensiones
Las aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social y las primas abonadas a planes de previsión asegurados durante el año 2005 reducen la base imponible del impuesto. En concreto, la Agencia Tributaria reducirá de la base imponible las aportaciones realizadas por partícipes de planes de pensiones hasta una cantidad máxima de 8.000 euros anuales, en el supuesto de que el contribuyente tenga una edad de hasta 52 años. A partir de esa edad, la cantidad máxima a reducir aumentará en 1.250 euros anuales, hasta un tope de 24.250 euros a los 65 años.

Aportaciones a familiares
Desde enero de 2003 se pueden reducir de la base imponible del contribuyente las aportaciones realizadas en favor de su cónyuge, hasta un máximo de 2.000 euros anuales, siempre que éste no obtenga rentas o éstas no superen los 8.000 euros. También generan reducciones sobre la base imponible las aportaciones realizadas en favor de parientes minusválidos.

Vivienda
La inversión en la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual genera una deducción sobre la cuota a pagar del 15 por ciento, hasta un máximo de 9.015,18 euros por contribuyente en declaraciones individuales. Además, la Ley prevé porcentajes extra de deducción en casos de financiación ajena (préstamos hipotecarios bancarios) con determinados requisitos. Estas deducción son del veinticinco por ciento durante los dos primeros años desde la constitución de la hipoteca sobre los primeros 4.507,59 euros satisfechos y el 20 por ciento del resto. En cuanto a la rehabilitación de la vivienda habitual, los expertos recomiendan a los contribuyentes que jueguen en el tiempo con las facturas y maximicen así las deducciones de las que se podrán beneficiar. También en materia de vivienda, existe una deducción del quince por ciento sobre las cantidades depositadas en las denominadas cuentas ahorro vivienda, con un límite máximo de 9.014,96 euros. Cabe destacar, no obstante, que esta deducción obliga al contribuyente a adquirir la vivienda en un periodo máximo de cuatro años a partir de la constitución de la citada cuenta-vivienda.

ONGs y cultura
Por último, dentro del bloque de deducciones cabe añadir las aportaciones realizadas en favor entidades con fines no lucrativos (10 por ciento), así como las inversiones y gastos en bienes de interés cultural (15 por ciento).