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El Tribunal Superior de Justícia de Balears (TSJB) emitió el pasado 15 de febrero un auto por el que estima el recurso de súplica presentado por el Consell de Mallorca contra un auto de 21 de diciembre de 2006 del TSJB que desestima la petición de suspensión cautelar, solicitada también por la institución insular, del pleno del Ajuntament de Palma celebrado el 27 de julio de 2006, por el que se acordaba publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) la aprobación definitiva del proyecto de adaptación del Pla General d'Ordenació Urbana (PGOU) al Pla Territorial de Mallorca (PTM) por silencio administrativo del Consell de Mallorca.

En dicho acuerdo plenario también se exoneraba a Palma de la necesidad de que hubiera alcantarillado en determinadas zonas del término municipal. En el citado auto del 21 de diciembre constaba, no obstante, un voto particular de uno de los tres magistrados que resolvieron dicho auto, que consideraba que debería haber sido aceptada la petición del Consell de suspensión del citado acuerdo municipal.

El Ajuntament entendía, según había dado a conocer el teniente de alcalde de Urbanisme, epopular Javier Rodrigo de Santos, el pasado mes de julio, que podía considerarse que el Consell había aprobado dicha adaptación del PGOU al PTM por silencio administrativo, al hacerse superado el plazo legal de tres meses de que disponía la institución insular para pronunciarse de forma explícita en un sentido o en otro.