Con este referente, una langosta macho de 350 gramos era legal en 2006 y ahora ya no lo es. Una langosta macho de medio kilo es legal, pero la hembra del mismo peso es ilegal, pues no alcanza los 9 centímetros de cabeza. Para alcanzarlos, la hembra debe pesar un mínimo de 530 ó 550 gramos.
Lo único que se ha conseguido, en este caso del Ministerio de Agricultura y Pesca, es el estudio de indemnizaciones fijadas a partir de comparativas con capturas de años anteriores. Estas indemnizaciones no irían más allá de dos años. Aún no se sabe cómo se financiarían estas indemnizaciones. El director general de Pesca, Miquel Àngel Calviño, ha declarado que «la talla mínima de 9 centímetros no es tan mala y podrá ser asumida, con cierta resignación, por los pescadores, pero lo que realmente querían éstos era que la medida se implantase de manera gradual».
Por su parte, la ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa, comunicó ayer al Govern su compromiso de remitir a la Comisión de Pesca de la UE una propuesta para evitar la importación de langostas más pequeñas del norte de Àfrica, donde no se aplican vedas ni tallas mínimas, y su comercialización.
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