Los juzgados de lo Civil de Palma han registrado en los dos primeros meses de 2009 un aumento de hasta el 127% de reclamaciones por impagos de cantidades, con respecto al mismo periodo de 2008.
Entre enero y febrero de este año, los ciudadanos han presentado 1.328 reclamaciones judiciales reclamando el pago de deudas inferiores a los 3.000 euros, frente a las 678 de los mismos meses de 2008.
Asimismo, el número de pleitos en reclamación de cantidades superiores a los 3.000 euros se ha elevado hasta los 768 (339 en 2008). Los aumentos porcentuales de ambos apartados se sitúan en el 96 y en el 127%.
Los expertos atribuyen ese significativo crecimiento de los procesos denominados monitorios a la crisis. El proceso monitorio es un tipo de juicio para reclamaciones de cantidad que no exceda de 30.000 euros, sin necesidad de abogado ni procurador y siempre que se trate de una reclamación de deudas de dinero, que hayan vencido y que se acompañe de una documentación que lo acredite o demuestre.
Pero, lo que más les ha llamado la atención es el espectacular crecimiento de las reclamaciones de cantidades inferiores a los 3.000 euros. «Antes, en pleno desarrollo económico, la gente no se preocupaba de reclamar cantidades pequeñas. No valía la pena. Pero ahora, tal y cómo están las cosas, esas mínimas cantidades de dinero son importantes para equilibrar las finanzas de muchos ciudadanos», explicó el abogado Gaspar Oliver.
Otro letrado, Jaime Bueno, cuyo despacho trabaja mucho con colectivos de inmigrantes y personas de escasos recursos, ha afirmado que esa estadística de procesos monitorios «es el fiel reflejo de la crisis».
«No obstante, también observo un aprovechamiento por parte de los empresarios de esa crisis para 'soltar lastre' sin reconocer los derechos que asisten a los trabajadores. Y me refiero a muchos Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) absolutamente injustificados», añadió Bueno.
El proceso monitorio es directo, y el ciudadano puede presentar la demanda a través de un escrito con impresos que puede recoger en los puestos de información y atención al ciudadano de los Juzgados, u obtenerlos por internet.
El proceso se inicia con un escrito de petición inicial dirigido al juzgado competente.
En el escrito ante el juzgado correspondiente se identificará al deudor, el domicilio del acreedor y del deudor y el origen y cuantía de la deuda, acompañándose el documento o documentos en que el acreedor fundamente su derecho.
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