La Ley del Sector Eléctrico establece que se trata de una infracción «muy grave», ya que la eléctrica «incumplió sus obligaciones de seguir los procedimientos de operación del sistema a la hora de mantener sus instalaciones, poniendo en riesgo la garantía del suministro, así como a las personas y los bienes», explica la propuesta de resolución del procedimiento sancionador.
Cabe recordar que la Conselleria encargó un informe sobre el apagón que concluyó que se había producido por la conjugación de una serie de factores. En concreto, la causa directa del cero fue el cortocircuito fase-tierra que se produjo en un seccionador en tensión, que se estaba revisando en aquel momento sin tener en cuenta el riego que supone para la central trabajar en tensión con tormenta. Además, se realizaron sin informar al operador del sistema. De este modo, el Govern entiende que se incumplió el artículo 3.3 del real decreto 2019/1997 por el que se organiza el mercado de producción de energía eléctrica; así como el procedimiento de operación 2.5. que regula los planes de mantenimiento de las unidades de producción.
Pese a que las infracciones muy graves están sancionadas con una multa que oscila entre 6 y 30 millones de euros, el departamento que dirige Xisca Vives ha optado por interponer su grado mínimo al considerar que fue una «actitud negligente y no dolosa por parte del infractor»; así como porque la reposición se realizó con la dirección del Operador del Sistema «siguiendo los procedimientos de operación, y la reposición se realizó de la mejor manera posible para la reposición del sistema».
Sin embargo, Gesa-Endesa no está de acuerdo con la sanción y presentará un pliego de alegaciones a la propuesta de resolución de la Conselleria d'Indústria.
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