Santiago presentó ayer la nueva edición de la campaña destinada a fomentar el empadronamiento de las personas inmigradas, que se realiza cada año desde hace ocho y que en esta ocasión se reforzará con la distribución de 40.000 dípticos y 2.000 carteles.
La consellera cifró en 100.000 los extranjeros extracomunitarios que están empadronamos en estos momentos en las Islas, «de los que entre 10.000 y 12.000 se encuentran en situación irregular», estimó. «Además, otros 3.000 o 4.000 extranjeros no estarían ni empadronados ni regularizados».
Vulneración
La obligación de empadronarse, apuntó, está recogida en el artículo 15 de la Ley de Bases del Régimen Local, que dice textualmente: «Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente». Pero, más aún, Santiago recordó que es obligación de los ayuntamientos incorporar en el padrón a los extranjeros que tengan su domicilio habitual en el municipio. «Tenemos una ley y las leyes hay que cumplirlas», remarcó.
Así las cosas, la consellera lamentó la iniciativa del ayuntamiento de Vic, aunque reconoció no querer «entrar en polémica»; en su opinión «evidentemente en este municipio se están vulnerando los derechos de estas personas, pero ya se ha contestado bastante desde diferentes instancias y hay bastante unanimidad en que una medida así no se entiende ni tiene ninguna explicación». «Nuestra Comunitat -aseveró- y todos sus municipios promueven una política de integración», por tanto, consideró inimaginable que algún municipio de las islas vaya a decidir una medida similar.
La campaña recuerda que estar empadronado garantiza la atención sanitaria pública a todos los 'sin papeles'. Los servicios sociales y las escuelas exigen también el certificado de inscripción en el padrón. «Difícilmente y afortunadamente, en el siglo XXI no se privará de asistencia sanitaria urgente ni se dejará morir a nadie porque no esté empadronado, pero sí que se le puede remitir después la factura», advirtió.
Para empadronarse se debe presentar un documento de identificación (pasaporte o permiso de residencia en el caso de los regulares) y demostrar que se vive en la localidad presentando un contrato de alquiler de una vivienda, una escritura de propiedad o una factura a su nombre de la vivienda en la que habita. En caso de no tener pasaporte, basta un informe de los servicios sociales que acredite que la persona está residiendo en un municipio.
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