Francisco Hernando, 'El Pocero', navegando en el verano de 2007 en Mallorca en uno de sus yates. | Oscar Pipkin

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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Grupo Francisco Hernando Contreras S.L., cuyo propietario del mismo nombre es conocido como 'El Pocero', en contra de dos sentencias dictadas por un juzgado de lo civil y la Audiencia de Palma sobre la compraventa de la totalidad de acciones de Puerto Portals.

Ambas resoluciones rechazaron la interpretación que hizo el magnate de un contrato suscrito con la familia Graf, propietaria de Puerto Portals, para comprar esa marina, la más exclusiva de Balears, por 10 millones de euros, frente a los 110 previamente acordados.

Los abogados del 'Pocero' recurrieron las sentencias ante el Supremo alegando, entre otras cuestiones, que la reducción del precio era preceptible debido «a las anomalías, contingencias y diferencias sustanciales detectadas y previstas en el contrato».

Reducción del precio

En concreto, el magnate solicitaba rebajar el precio de las acciones de Puerto Portals de 110 millones a 10 «por no figurar en el balance el dato contable de haberse reducido la duración de la concesión (del puerto) del año 2031 al año 2018». Es decir, según el punto de vista del comprador existían «vicios ocultos» en el contrato, aunque los propietarios del enclave marino sostenían todo lo contrario, insistiendo en que los compradores «conocían esa circunstancia en el momento de formalizarse el contrato».

En la sentencia del Supremo, en la que fue ponente el magistrado Jesús Corbal Fernández, se pone en tela de juicio los argumentos de los letrados del 'Pocero'.

«La técnica procesal empleada para formular el recurso es desacertada...ya que acumula alegaciones heteregéneas respecto de las que no es posible una respuesta casacional unitaria».

La resolución combate todos los argumentos del frustrado comprador de Puerto Portal y, además, le obliga al pago de las elevadas costas de un proceso que empezó en 2005 en Palma y que ha finalizado seis años después tras recorrer tres instancias judiciales.

Una de las cuestiones que más llamó la atención de los jueces de Palma, cuando se pronunciaron sobre el recurso, fue la teoría del engaño que defendió 'El Pocero'. Uno de ellos afirmó que esa tesis «no encaja» teniendo la experiencia de Hernando en grandes negocios y la elevada suma que se barajó en la operación. Algunos de los letrados que intervinieron en el proceso dijeron que la demanda del magnate «carecía totalmente de base». El Supremo ha opinado lo mismo.