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Primera condena de prisión para un ex conseller de un Govern de Antich. La Audiencia Provincial ha impuesto una pena de tres años de cárcel al ex conseller de Turisme, Francesc Buils, por ordenar el pago de 3.000 euros al ex alcalde de Sóller Antoni Arbona. Según la sentencia, el ex conseller orquestó el pago de un total de 15.000 euros a su entonces correligionario. Sin embargo, no se le condena por una segunda factura porque ésta se tramitó cuando Buils ya había dimitido. Arbona no realizó ningún trabajo por esta primera factura, según la Audiencia y, por el segundo se limitó a presentar un tríptico que en realidad hicieron funcionarios de Inestur.

Junto con Buils el otro gran condenado en esta pieza del ‘caso Voltor’ —la primera que llega a juicio— es el ex jefe de área de Inestur Antoni Rebassa. Éste recibe una pena de cuatro años y medio de prisión, todo lo que le pedía la Fiscalía. Los dos ‘arrepentidos’ Antoni Oliver y el propio Arbona tendrán que abonar sendas multas de 6.570 euros y 4.380 tras los acuerdos alcanzados con el ministerio público que les reconocía varios atenuantes.

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La condena a Buils se sostiene a partir de las declaraciones de los otros tres acusados y del ex vicepresidente de Inestur Santiago Balaguer. Así, la Audiencia llega a la conclusión de que: «Buils hizo valer las facultades que ostentaba para imponer la contratación del señor Arbona y ordenó su pago a sabiendas de su arbitrariedad y de que los pagos obedecían al interés de beneficiar económicamente al señor Arbona por prestaciones que éste había realizado al partido UM con cargo a los fondos públicos».

La sentencia establece así una cadena de mando en la que aparece Buils en la cúspide. Debajo de él, Santiago Balaguer que no estuvo acusado en la causa y por último, Antoni Rebassa. Éste precisamente argumentó que cumplía órdenes en su defensa. La Audiencia rechaza de forma tajante este razonamiento: «El funcionario subordinado tiene el deber de examinar si la orden que recibe es justa o antijurídica ya que no puede exigírsele una actuación ciega a toda orden que reciba».

La sentencia aún no es firme y será recurrida ante el Supremo por las defensas de Buils y Rabassa.